
Las Pensiones para el Bienestar son iniciativas impulsadas por el gobierno de México que buscan beneficiar a la población adulta del país a través de un apoyo económico bimestral que se cobra de forma directa a través de la tarjeta Bienestar en los cajeros automáticos o ventanillas del mismo banco.
Anteriormente solamente habían dos programas federales que eran la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad. Sin embargo, este 2025 se sumó la Pensión Mujeres Bienestar.
Las tres iniciativas buscan atender las necesidades básicas de este sector y contribuir a mejorar su calidad de vida para que tengan una vejez digna y plena
El paso que se debe hacer al momento de registrarse a alguna de las Pensiones para el Bienestar
Existe un paso que es fundamental al momento de inscribirse a alguna de las pensiones, se trata de registrar a una persona auxiliar. El trámite es necesario ya que permite al adulto designado asistir a los asuntos relacionados con el programa, especialmente si el beneficiario presenta dificultades para ir.
Además, la persona auxiliar registrada también puede acceder a lo que se le conoce como “Pago de Marcha”, dinero destinado a cubrir gastos inmediatos producidos por el fallecimiento del beneficiario. Este auxiliar, designado durante el proceso de inscripción a cualquiera de las pensiones, debe ser mayor de edad y queda autorizado en el sistema para representar al beneficiario.

¿Cómo solicitar el Pago de Marcha de las Pensiones para el Bienestar?
Para solicitar el Pago de Marcha después del registro, la persona auxiliar del adulto mayor fallecido tendrá que notificar en la Línea del Bienestar los datos personales de él y del derechohabiente. El número es 800 639 42 64 y se puede marcar en un horario de 8:00 a 21:00 horas de lunes a viernes y de 9:00 a 19:00 horas en fines de semana y días de asueto.

Cabe indicar que al momento de llamar, uno de los datos que se pedirá será el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento emitida por alguna institución pública, por lo que se recomienda tenerla a la mano. Durante la misma llamada se darán instrucciones a seguir para recibir el Pago de Marcha, además, la notificación deberá hacerse dentro de los dos bimestres siguientes a la muerte; si no se realiza en ese plazo, se pierde el derecho al apoyo.
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