
La afirmación de que el registro RUAC o la llamada CURP para mascotas en la Ciudad de México conlleva multas ha circulado con fuerza en redes sociales, pero la realidad es distinta: no existe sanción alguna por no inscribir a perros o gatos en el sistema.
El Registro Único Digital para Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC), impulsado por el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Agatan, tiene como propósito principal construir un censo confiable de animales de compañía.
Esta base de datos permite a las autoridades planificar campañas de esterilización, vacunación, adopción y bienestar animal por alcaldía, así como diseñar políticas públicas más efectivas.
La confusión sobre posibles multas o sanciones surgió a raíz de rumores en redes sociales y foros digitales, donde se especuló sobre operativos y penalizaciones para quienes no cumplieran con el registro. Sin embargo, tanto la Agatan como el portal oficial del RUAC han sido enfáticos: no hay operativos ni multas automáticas para tutores de animales que omitan el trámite.
La única situación en la que la falta de registro podría tener alguna consecuencia es en el contexto de una falta cívica. Si un tutor es remitido ante un juez por una infracción y este solicita el documento del RUAC, la ausencia del mismo podría influir en la resolución, pero nunca como una multa directa por no registrar a la mascota.
El proceso de inscripción al RUAC se realiza actualmente a través de la plataforma oficial del Gobierno de la Ciudad de México, utilizando la cuenta Llave CDMX.

En cuanto a los detalles prácticos, el registro no tiene ningún costo y puede realizarse en cualquier momento, ya que no existe una fecha límite para inscribir a los animales de compañía. El trámite consiste en ingresar a la plataforma https://ruac.cdmx.gob.mx/, acceder con la Llave CDMX, llenar los datos personales y de la mascota, y cargar fotografías de frente, de perfil y junto al tutor.
La página envía una confirmación por correo electrónico para continuar con el proceso.Registrar a una mascota en el RUAC no es obligatorio ni genera sanciones. La inscripción es voluntaria y representa un acto de responsabilidad social, orientado a mejorar la planeación y el bienestar animal en la capital.
No obstante, existen otras acciones relacionadas con la tenencia de animales que sí pueden derivar en multas, según la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México. Por ejemplo, no limpiar los desechos de los animales puede resultar en una multa que va desde $1.129 hasta $2.053. Pasear animales sin correa puede acarrear sanciones de hasta $4.000 o, en caso de no poder pagar, un arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas. Además, la legislación local contempla penas de cárcel de 3 meses a 2 años por maltrato animal, que pueden aumentar hasta 6 años si la vida del animal está en peligro.
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