Colectivo ciudadano impugna elección de magistrados del TEPJF ante la Suprema Corte

El recurso fue presentado por Gabriela Sterling y ya fue admitido por la ministra Norma Piña; la impugnación cuestiona la entrega de constancias a Claudia Valle y Gilberto Bátiz

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De izquierda a derecha: Lenia
De izquierda a derecha: Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahif, María Estela Ríos González, Hugo Ortiz, Arístides Guerrero García, Giovanni Figueroa Mejía, y Sara Irene Herrerías Guerra, muestran sus constancias de mayoría como ministros electos de la SCJN de la elección del Poder Judicial, durante una sesión extraordinaria en el INE el 15 de junio. (Cuartoscuro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite un juicio de inconformidad electoral promovido por el Colectivo Poder Ciudadano, en el que se impugna la designación de dos magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El recurso fue presentado por Gabriela Lorena Sterling, representante legal del colectivo, y cuestiona el procedimiento mediante el cual se eligió a Gilberto de Guzmán Bátiz García y Claudia Valle Aguilasocho como nuevos integrantes de la Sala Superior. También se impugna la validez de las constancias de mayoría entregadas a ambos.

La ministra presidenta de la Corte, Norma Piña, fue quien dio entrada al caso, que fue clasificado como un juicio de inconformidad electoral. En la notificación correspondiente, instruyó turnar el expediente al ministro Alberto Pérez Dayán para que lleve el procedimiento, conforme al turno asignado por la Secretaría General de Acuerdos.

Este juicio es el segundo que llega a la Corte sobre el mismo proceso. En junio pasado, Iván Bravo Olivas, secretario de una sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Durango, también interpuso una impugnación relacionada, cuyo análisis está bajo la ponencia del ministro Jorge Pardo.

Ninguno de los 13 aspirantes que participaron en el proceso de selección y no resultaron electos presentó recurso alguno. Por lo tanto, las dos impugnaciones existentes provienen de actores que no formaron parte del procedimiento como candidatos.

Esto se debe a que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece que el juicio de inconformidad es un recurso exclusivo para los candidatos participantes. Dado que las impugnaciones fueron promovidas por un colectivo ciudadano y un funcionario judicial ajeno al proceso, la Corte deberá determinar si cuentan con legitimación activa para presentar este tipo de recurso o si deben ser declaradas improcedentes.

Norma Piña ordenó turnar el
Norma Piña ordenó turnar el expediente al ministro Alberto Pérez Dayán, quien deberá conducir el procedimiento conforme al turno asignado por la Secretaría General de Acuerdos de la Corte. Imagen ilustrativa. (Cuartoscuro)

En su resolución, la ministra Piña recordó que, tratándose de materia electoral, todos los días y horas son considerados hábiles para efectos procesales. Además, instruyó notificar la admisión del recurso al Instituto Nacional Electoral (INE) por oficio.

Tras conocer la decisión, Gabriela Sterling declaró: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación aceptó el trámite de la impugnación más seria contra la designación de dos magistrados de la Sala Superior del TEPJF” y añadió que su organización continuará vigilando el cumplimiento de los principios constitucionales.

La definición sobre la validez o improcedencia del recurso podría recaer en la nueva integración de la Corte, que entrará en funciones el 1 de septiembre.