Tribunal absuelve a Sofía Niño de Rivera y Carmen Aristegui en juicio promovido por Ricardo Rocha, fallecido en 2023

Un tribunal colegiado resolvió revocar las sentencias que condenaban a la standupera y periodista

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Un tribunal colegiado resolvió revocar
Un tribunal colegiado resolvió revocar las sentencias que condenaban a Rivera y Aristegui en un juicio civil promovido por el fallecido periodista. (Fotos: @sofffiaaa1 / YouTube)

A casi dos años del deceso de Ricardo Rocha, un tribunal colegiado resolvió revocar las sentencias que condenaban a la comediante Sofía Niño de Rivera, a la periodista Carmen Aristegui y a CNN, en el juicio por daño moral que promovió el periodista.

Para Aristegui, la resolución representa un fallo clave para la libertad de expresión y la labor periodística en México.

¿Por qué fueron demandadas Sofía Niño de Rivera y Carmen Aristegui?

El caso se remonta a 2018, cuando Niño de Rivera, en una entrevista con Aristegui, relató experiencias incómodas que vivió con Rocha, afirmando que “le tomaba del brazo, le agarraba la cintura, se le acercaba” y que eso la hacía sentir incómoda. Aunque nunca lo llamó “acosador”, Rocha interpuso una demanda al considerar que esas declaraciones dañaban su honor.

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El caso se remonta a 2018, cuando Niño de Rivera, en una entrevista con Aristegui, relató experiencias incómodas que vivió con Rocha. (Fotos: YouTube)

“El proceso se basó en una premisa equivocada”, explicó Francisco Javier de la Torre Jiménez, abogado defensor, en entrevista para Aristegui en Vivo. “Nunca se le llamó ‘acosador sexual’, como decía la demanda, pero así lo interpretaron el juez de primera instancia y la sala de apelación”, añadió.

La clave en la resolución del juicio

La resolución del tribunal colegiado, cuyo proyecto fue elaborado por la magistrada Mariana Gutiérrez, reconoció que Sofía Niño de Rivera no mintió, y que “tenía todo el derecho de manifestar sus sentimientos”. De la Torre detalló que, incluso, el video de una entrevista previa de Rocha a Sofía reflejaba actitudes que podrían interpretarse como acoso.

El magistrado Francisco Javier Sandoval López señaló que “el tribunal no es quien debe juzgar los sentimientos, las experiencias, las vivencias personales de la gente”, estableciendo un importante precedente sobre el respeto al testimonio personal.

Además, el tribunal reconoció la figura del “reportaje neutral”, que exime de responsabilidad a periodistas y medios cuando solo difunden declaraciones de terceros sin hacerlas propias. “Incluso si lo que se dice resulta ser falso, el medio no tiene responsabilidad si no lo adopta como suyo”, subrayó De la Torre.

También se destacó que, previo a la publicación de la entrevista, CNN y Aristegui ofrecieron a Ricardo Rocha ejercer su derecho de réplica. Su respuesta fue leída al aire y mostrada en pantalla. “Eso debió haber bastado para que el caso no escalara”, señaló el abogado.

Ricardo Rocha falleció el 4
Ricardo Rocha falleció el 4 de junio de 2023 a causa de un infarto. Foto: Cuartoscuro

Carmen Aristegui celebra la decisión

Carmen Aristegui calificó la sentencia como un “alivio” que “disipa lo que se estaba perfilando en un precedente bastante peligroso”. Reiteró la importancia de defender “el derecho de las personas a decir qué sienten”.

Aunque el fallo es firme, los herederos de Ricardo Rocha podrían intentar llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario de revisión, cuya admisión está sujeta a estrictos criterios legales.