
El Congreso del estado de Chiapas aprobó varias reformas al Código Penal local que tipifican como delito penal el maltrato y la crueldad contra animales de compañía, específicamente perros y gatos. La aprobación coloca a la entidad como la última, hasta ese momento, en consolidar una sanción efectiva contra este tipo de conductas.
El dictamen, fruto de una iniciativa impulsada por la legislatura local —bajo la presidencia del diputado Luis Ignacio Avendaño Bermúdez— y respaldada por organizaciones civiles como Igualdad Animal, introduce un nuevo capítulo en el Código Penal que reconoce animales de compañía como seres sintientes necesitados de protección penal.
Diputadas como Andrea Negrón Sánchez, Silvia Esther Argüello García, Elvira Catalina Aguiar Álvarez y legisladores como Juan Salvador Camacho Velasco, defendieron la reforma como un avance ético y jurídico ante una demanda ciudadana histórica.
En la sesión legislativa, los promotores subrayaron la responsabilidad de proteger a mascotas, por su cercanía y vulnerabilidad, y afirmaron que el bienestar de estos animales es un reflejo del nivel ético y moral de la comunidad.

Estas serán las sanciones a las que se harán acreedores los agresores
La reforma establece sanciones diferenciadas según la gravedad del daño causado, por lo que quedó estipulado en el Código Penal de la siguiente forma:
- Maltrato leve (sin lesiones permanentes): pena de prisión de 6 a 12 meses y multa de 50 a 100 UMA (5 657 – 11 314 pesos).
- Lesiones permanentes: prisión de 12 a 24 meses y multa de 200 a 400 UMA (22 628 – 45 256 pesos).
- Muerte del animal: sanción de 2 a 5 años de prisión y multa de 300 a 600 UMA (33 942 – 67 884 pesos); si el responsable ejerce profesionalmente el cuidado animal, se añade inhabilitación de hasta tres años.
- Abandono: prisión de 18 meses a 3 años y multa de 100 a 200 UMA (11 314 – 22 628 pesos).
- Organización de peleas de perros: prisión de 2 a 4 años, multa de 500 a 1 000 UMA (56 570 – 113 140 pesos), decomiso de instrumentos, clausura de establecimiento y cancelación de licencias.

Repercusiones profesionales y técnicas
Las nuevas disposiciones incluyen medidas específicas contra quienes ejercen profesiones relacionadas con el cuidado animal. En casos de maltrato grave o muerte, se contempla la inhabilitación temporal para ejercer en el sector. En el caso de peleas de perros, además de las sanciones económicas y penales, se establece el decomiso de instrumentos, clausura del lugar, y cancelación de permisos oficiales.
La reforma busca romper con la impunidad: Chiapas era el único estado que no sancionaba penalmente el maltrato a animales domésticos. La legislación precedente regulaba solo la protección de la fauna, sin consecuencias penales reales .
Organizaciones como Igualdad Animal celebraron la aprobación, aunque criticaron que se limita a perros y gatos y excluye a animales criados para consumo humano, lo que, según ellas, deja fuera a millones de víctimas de maltrato sistemático.
La exclusión de especies como bovinos o aves de corral fue señalada como un “avance parcial” y se anunció que el activismo continuará hasta lograr una legislación verdaderamente inclusiva y coherente con las reformas constitucionales en materia de protección animal.

Cifras nacionales preocupan a activistas
La integración de penas evidentes y concretas responde a una preocupación creciente: según el INEGI, siete de cada diez mascotas en México sufren algún tipo de violencia. En 2022, se registraron más de 450 carpetas de investigación por maltrato animal a nivel nacional, aunque solo cuatro derivaron en detenciones.
El Estado de México, Jalisco y Ciudad de México han aumentado también sus sanciones, pero siguen niveles de impunidad altos. En la capital del país, las penas pueden alcanzar hasta cuatro años de prisión por maltrato.
En caso de maltrato, las autoridades deben actuar de oficio si el animal es agresivamente maltratado por su dueño, custodio o cuando se trata de animales en condición de calle. Para otros casos, se debe presentar querella formal.
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