Sheinbaum aclara si elementos de la Guardia Nacional pueden competir en elecciones tras críticas de oposición: “Muestran su ignorancia”

La presidenta aclaró las especulaciones sobre la nueva normativa que involucra a los elementos de la GN; esta fue su postura

Guardar
La presidenta se posicionó en
La presidenta se posicionó en contra de las críticas de oposición contra la "Ley de la Guardia Nacional". | @Presidencia

Desde Palacio Nacional, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo respondió a las críticas en torno a la iniciativa por la “Ley de la Guardia Nacional”. La propuesta, impulsada por la mandataria, ha sido cuestionada por partidos de oposición, quienes la han señalado como un intento de ‘consolidar la militarización’.

Ante los medios, la titular describió las críticas como un ‘intento ignorante’ de los partidos de derecha para desacreditar la iniciativa, refiriéndose a las polémicas que indican que los miembros de la Guardia Nacional podrían solicitar licencia para competir por un cargo de elección popular o un puesto público, asunto que aclaró durante la sesión informativa.

¿De qué va la propuesta? La iniciativa busca establecer a la institución como una fuerza de seguridad pública profesional y de carácter permanente, garantizando que sus funciones se lleven a cabo dentro del marco legal.

Asimismo, contempla su colaboración con las instancias de seguridad para generar, compartir y obtener información relacionada con la persecución de delitos. Todo ello con el propósito de formalizar la incorporación del organismo a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

¿Ley de la GN permite a militares ir a cargos de elección?

En respuesta a las críticas que subrayan que la reforma a la Ley de la Guardia Nacional autoriza a sus miembros a pedir licencia especial para postularse a cargos de elección popular, Sheinbaum Pardo afirmó que esta posibilidad ha estado contemplada desde la Constitución de 1917: “Muestran su ignorancia”.

La presidenta Claudia Sheinbaum durante
La presidenta Claudia Sheinbaum durante 'La Mañanera' de este martes 24 de junio en Palacio Nacional. Crédito: Cuartoscuro

En su explicación, mencionó que la Carta Magna, en su artículo 55, estipuló que para ser diputado o senador no se debe estar en servicio activo en el Ejército Federal, ni ejercer mando en la policía o gendarmería rural dentro del distrito donde se realice la elección, al menos 90 días antes de esta.

Asimismo, aclaró que, los permisos especiales para los elementos están contemplados desde la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos de 1986, por lo que actualmente solo se está equiparando a los miembros de la Guardia Nacional con los del Ejército o la Fuerza Aérea.

Por su parte, Arturo Coronel Flores, jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, tomó la palabra para detallar los tipos de licencias otorgadas en las fuerzas armadas, incluyendo aquella que permite a los militares postularse en procesos electorales.

  1. Licencia ordinaria (separación de seis meses).
  2. Licencia ilimitada (separación de más de seis meses sin goce de haberes).
  3. Licencia especial (solicitada por los militares para buscar cargos públicos, sin goce de haberes).
  4. Licencia por edad límite (utilizada por los militares para la transición de la vida militar a la vida civil).