Hay fecha límite para tramitar el RUAC de tu mascota, ¿verdad o fake?

En redes sociales circula información que refiere la obligatoriedad para registrar a las mascotas y en caso de no hacerlo conlleva multas

Guardar
El RUAC para mascotas es
El RUAC para mascotas es un registro similar al CURP de los humanos. Captura de pantalla

En días recientes, en la conversación digital hubo alerta por la supuesta obligación de registrar a las mascotas en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), con amenazas de multas si no se cumple antes de cierta fecha específica.

¿Realmente hay una fecha límite para realizar el trámite, y qué consecuencias puede haber en caso de no hacerlo?

A la expectativa

La respuesta, de acuerdo con información oficial proporcionada por la Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México y publicada en un diario de circulación nacional es clara:

― NO existe una obligación legal ni fecha límite para registrar a las mascotas en el RUAC, por ende, no hay sanciones por no hacerlo. ―

El RUAC es una plataforma digital creada por el Gobierno capitalino con el objetivo de llevar un censo de los animales de compañía, facilitar su localización en caso de extravío y promover una tenencia responsable. Aunque el trámite es voluntario y gratuito, la desinformación generó confusión entre los tutores de los animales de casa.

Diversas cuentas en redes sociales advierten falsamente sobre la imposición de multas a quienes no hayan registrado a sus mascotas antes de cierta fecha, razón por la cual el gobierno de la CDMX, encabezado por Claudia Brugada Molina, desmintió tales rumores.

“No hay ningún plazo ni obligación vigente que haga obligatorio el registro ni que derive automáticamente en sanciones”, advirtieron las autoridades implicadas.

Excepciones

Hay casos específicos donde la información del RUAC sí puede ser solicitada. Por ejemplo, si una persona enfrenta un proceso legal relacionado con su mascota —como denuncias por maltrato o daños a terceros—, un juez cívico podría requerir el comprobante de registro como parte de la documentación. En esos casos puntuales, no contar con el RUAC no es motivo de multa directa, pero podría influir dentro del proceso legal.

En cuanto a las sanciones por conductas inadecuadas relacionadas con animales, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México sí contempla infracciones. Pasear sin correa, no recoger las heces en la vía pública o maltratar animales conllevan sanciones económicas, arresto o trabajo comunitario, pero ninguna de ellas está vinculada directamente con el registro en el RUAC.

Para quienes sí desean realizar el trámite, el proceso es sencillo:

  • En línea a través del portal de Llave CDMX.
  • Se solicita información básica del tutor y del animal.
  • Fotografías y datos de contacto.
  • Al finalizar, se genera un comprobante digital con código QR.

En conclusión, registrar a tu mascota es un acto voluntario, no obligatorio, sin ninguna fecha límite impuesta. Aunque no hacerlo no implica sanción directa, las autoridades recomiendan su uso como medida preventiva y de protección para los animales.