Esta es la multa por no registrar a los animales de compañía en el RUAC de CDMX

El RUAC también es conocido como la CURP de animales de compañía y busca consolidar el control estadístico de la población en la capital

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El RUAC es obligatorio en
El RUAC es obligatorio en CDMX (Cuatroscuro)

En la Ciudad de México (CDMX), las autoridades buscan dar un paso más hacia el control estadístico de las mascotas. Para lograr el objetivo, implementaron una base de datos donde las personas propietarias deben registrar a sus animales de compañía. Debido a su carácter obligatorio, incumplir con la indicación podría ser motivo de sanciones.

El Registro Único de Animales de Compañía (RUAC) fue implementado para reconocerlos legalmente, ayudar a su localización en caso de extravío, así como notificar sobre las campañas de vacunación vigentes para el mejoramiento y la procuración de su salud, controlar la población y establecer una red de ayuda en caso de accidentes, maltrato o crueldad.

La figura del RUAC ya está contemplada en la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México (CDMX). De igual manera, es catalogada como de carácter “obligatorio y gratuito”. Se debe hacer tras la adquisición o adopción de un animal, así como en caso de participar en campañas convocadas por autoridades de la Ciudad de México.

El registro consta de tres
El registro consta de tres pasos (X@SEDEMA_CDMX)

Esta es la multa por no registrar a los animales de compañía en el RUAC de CDMX

Dentro del artículo 4 BIS 1 de la legislación citada, se encuentra establecida como una obligación de las personas tutoras responsables con relación a sus animales de compañía el:

“Inscribir al animal en el RUAC directamente o durante las campañas masivas en materia de vacunación, antirrábicas, sanitarias para el control y erradicación de enfermedades zoonóticas, de desparasitación y de esterilización que lleven a cabo las autoridades de la Ciudad de México. La omisión de esta disposición dará origen a las sanciones de carácter administrativo establecidas en la presente Ley”.

Debido a que el artículo mencionado no contempla una sanción específica para quienes incumplan la obligación, estas estarán sujetas al contenido del artículo 66 del código. En ese sentido, el castigo puede implicar la aplicación de una multa de 21 a 30 veces la unidad de medida y actualización vigente, es decir, entre MXN 2 mil 375 con 84 centavos y MXN 3 mil 394 con 20 centavos. De igual manera, las sanciones pueden contemplar de 24 a 36 horas de arresto.

Para poder realizar el registro exitoso de los animales de compañía en la RUAC es necesario ingresar en el sitio web oficial (https://ruac.cdmx.gob.mx/) habilitado por las autoridades de la Ciudad de México (CDMX) para dicho fin. Una vez en el sitio será necesario seguir las instrucciones.