
Pasear a un perro sin correa en la Ciudad de México no solo puede derivar en riesgos para la seguridad de peatones, ciclistas y otros animales, sino que también constituye una infracción que puede ser sancionada conforme a la legislación en la capital.
En la CDMX existe la Ley de Protección y Bienestar de los Animales, se trata de una regulación que forma parte de una política de tenencia responsable que tiene como objetivo prevenir incidentes y fomentar una convivencia armónica en la vía pública.
La Ley de Protección y Bienestar de los Animales establece de manera explícita la obligación de colocarle correa a los perros en espacios públicos en su artículo 30, el cual dice a la letra lo siguiente:

“Toda persona tutora responsable o encargada de un perro está obligada a colocarle una correa al transitar con él en la vía pública. Otros animales de compañía deberán transitar sujetados o transportados apropiadamente de acuerdo a su especie. Las personas tutoras responsables de cualquier animal tienen la responsabilidad de los daños que le ocasione a terceros y de los perjuicios que ocasione, si lo abandona o permite que transiten libremente en la vía pública.”
Esto se complementa con el párrafo siguiente del mismo artículo, el cual establece que todo “animal de compañía que de acuerdo a su especie y características pueda utilizar collar o pechera, éste debe ser adecuado a su edad y tamaño, no lastimarlos y deberán portarlo de manera permanente.”
¿Cuáles son las sanciones de que el perro no use correa en la CDMX?

Llevar a un perro sin correa en la vía pública en la Ciudad de México puede resultar en sanciones económicas y medidas correctivas, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México.
El fundamento legal para estas medidas se encuentra en el artículo 66 de la mencionada ley, el cual detalla las sanciones aplicables para quienes incumplan esta normativa.
El artículo 66 menciona que las penas pueden ser, dependiendo del criterio de la autoridad, “multa de veintiuno a treinta veces la Unidad de Medida y Actualización vigente o arresto inconmutable de 24 a 36 horas, según la gravedad de la falta, la intención con la cual ésta fue cometida y las consecuencias a que haya dado lugar;”.
La UMA en el 2025 tiene un valor de 108.57 pesos por unidad, lo que se traduce en que las multas por llevar al perro sin correa en la vía pública en la Ciudad de México son de 2 mil 280 a 3 mil 257.10 pesos.
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