Elección Judicial 1 de junio: estos serán los estados que aplicarán Ley Seca en 2025

Las autoridades electorales y de seguridad pública colaborarán para aplicar dicha norma durante el proceso democrático del 2025

Guardar
Estos serán los estados que
Estos serán los estados que aplicarán Ley Seca durante la realización de los comicios. | (Jesús Avilés/ Infobae México)

A 6 días de arrancar la Elección Judicial 2025, múltiples de ciudadanos se alistan para participar en la histórica jornada del 1 de junio, donde se definirán los nuevos ministros, magistrados y jueces que liderarán el Poder Judicial de la Federación (PJF). Dado el alcance del proceso electoral, han surgido dudas entre la población sobre la posible implementación de la Ley seca, medida que prohibiría la venta de bebidas alcohólicas durante el desarrollo de los comicios.

En periodos de elecciones, es común que algunas entidades federativas decidan aplicar esta restricción como medida para moderar el consumo de bebidas alcohólicas. Dicha disposición depende de las autoridades estatales, quienes tienen la facultad de regular la distribución de alcohol mientras se llevan a cabo los comicios, dejando esta decisión al criterio de cada administración local.

¿Elección Judicial 2025? En el marco de los próximos comicios, los ciudadanos tendrán la oportunidad de emitir su voto en favor de los candidatos que aspiran a ocupar cargos en los órganos que conforman el PJF. La lista de aspirantes y demás información relacionada estarán disponibles en la plataforma del Instituto Nacional Electoral (INE), brindando así mayor transparencia y accesibilidad al proceso.

  • 9 cargos a Ministros (as) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • 2 cargos Magistraturas de las Salas Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
  • 15 cargos Magistraturas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
  • 5 cargos Personas Integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.
  • 464 Magistraturas de Circuito.
  • 386 Personas Juzgadoras de Distrito.
El INE compartió el proceso
El INE compartió el proceso que dará certeza a la clasificación, conteo y traslado de votos en la elección del Poder Judicial. | (Jovani Pérez/Infobae México)

¿Habrá Ley Seca por elecciones?

Rumbo a los próximos comicios, algunas entidades de la República ya han anunciado que implementarán la Ley Seca como parte de los protocolos de atención vinculados con la Elección Judicial.

Dichas disposiciones pretenden garantizar un ambiente de orden, civismo y transparencia durante la jornada electoral, lo anterior con la finalidad de evitar posibles disturbios o altercados en la participación de las votaciones; aquí las mencionadas:

  • Durango: Se confirmó que no se permitirá la venta de alcohol en el marco de las votaciones ordinarias para elegir presidencias municipales, sindicaturas y regidurías. Se aplicará desde el 31 de mayo y hasta el 1 de junio.
  • Estado de México: Las autoridades de Ecatepec de Morelos, aseguraron la implementación de dicha norma. Se aplicará desde el 31 de mayo y concluirá el domingo 1 de junio.
  • Veracruz: Además de contemplar la elección del Poder Judicial, también se incluirá por la celebración de comicios ordinarios. Se aplicará los días 31 de mayo y 1 de junio.
  • Nuevo León: La entidad informó que ya se presentó el requerimiento oficial para que implemente la Ley Seca durante el proceso electoral. La medida también estará vigente el sábado 31 de mayo y el domingo 1 de junio.
  • Sonora: La entidad prevé aplicar la medida en los mismos términos que rigen una elección extraordinaria.
  • San Luis Potosí: Con motivo de las votaciones ordinarias de presidencias municipales, sindicaturas y regidurías, estará prohibida la venta de alcohol. Esta medida entrará en vigor desde el 31 de mayo y se mantendrá hasta el 1 de junio, abarcando todo el periodo de los comicios.

Este histórico ejercicio permitirá, por primera vez en México, que la ciudadanía elija directamente a los integrantes del Poder Judicial. La medida cuenta con sustento jurídico en el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual establece la obligación de los cuerpos de seguridad pública, tanto federales como estatales y municipales, de garantizar el orden y el debido desarrollo del proceso electoral.