
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la ley suprema del país, en ella se establecen todos los derechos y las obligaciones que tienen los que habitan en territorio nacional. Abraca desde temas laborales a la división territorial.
Uno de esos temas es la forma de gobierno. La Constitución no solamente habla de los tres poderes de la unión (ejecutivo, legislativo y judicial) ni de los niveles gubernamentales (federal, estatal, municipal), también garantiza el derecho de cambiar de sistema político.
Este aspecto es regulado en el artículo 39 de la Constitución, que dice a la letra lo siguiente:

“La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.”
Entonces ¿esto abre la puerta a la posibilidad de que México adopte la forma de gobierno de una monarquía, como lo fue durante los tiempos de Agustín de Iturbide y de Maximiliano de Habsburgo?
No, no lo permite, hay otros dos artículos que impiden que México sea una monarquía, el primero es el 40, que dice textualmente lo siguiente:
“Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.”

Este artículo establece literalmente que la forma de gobierno de México es una república donde se ejerce la democracia con estados libres y con un sentido laico.
Por otro lado está el artículo 12 que destruye definitivamente la posibilidad de que en México se instaure un sistema monárquico, el cual establece textualmente lo siguiente:
“En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.”

Los otros dos artículos prohíben que México pueda adoptar una forma de gobierno monárquico, el 12 niega la existencia de una nobleza y sus títulos en el país, el principal argumento para establecer un sistema encabezado por un emperador. Por lo tanto, es legalmente imposible que vuelva a existir una monarquía mexicana.
Cabe destacar que ni el artículo 39 ni el 12 han sufrido cambios a lo largo de la historia de la Constitución de 1917, además el 40 establece, aparte del sistema de gobierno republicano, lo siguiente:
“El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.”
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