
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cerró oficialmente el plazo para que las personas físicas presentaran su Declaración Anual 2024 el pasado 30 de abril.
A partir de ahora, quienes no cumplieron con esta obligación fiscal se exponen a multas, restricciones administrativas e incluso consecuencias penales, en función de la gravedad de la omisión.
¿Quiénes estaban obligados a declarar?
El SAT establece que están obligadas a presentar la declaración anual las personas físicas que, durante el ejercicio fiscal 2024, hayan obtenido ingresos por:
- Servicios profesionales (honorarios)
- Actividades empresariales, incluyendo plataformas digitales y régimen fronterizo
- Arrendamiento de bienes inmuebles
- Enajenación o adquisición de bienes
- Intereses o dividendos
- Sueldos y salarios (en casos específicos como ingresos superiores a 400 mil pesos anuales, más de un patrón, o ingresos por jubilación, indemnización o pensiones del extranjero)

Las personas inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) estaban exentas, salvo quienes se encontraran en supuestos especiales establecidos por la autoridad fiscal.
¿Qué pasa si no presenté mi declaración?
No presentar la Declaración Anual dentro del plazo puede acarrear multas que van desde los mil 810 pesos hasta los 44 mil 790 pesos, según lo establece el Código Fiscal de la Federación. Estas sanciones dependen de factores como el tiempo de atraso y si el contribuyente fue previamente requerido por el SAT.
Además, si se detecta omisión de ingresos, las sanciones pueden ir desde el 5 por ciento hasta el 20 por ciento del monto no declarado, sin contar los recargos y actualizaciones conforme a las tasas oficiales del Banco de México.
Consecuencias administrativas adicionales
El SAT también puede aplicar medidas como el bloqueo temporal de la e.firma, impedir la emisión de facturas electrónicas o limitar el acceso a devoluciones fiscales, afectando directamente las operaciones comerciales y financieras de los contribuyentes.
¿Puedo ir a la cárcel por no declarar?
Aunque no todos los casos derivan en responsabilidad penal, el artículo 108 del Código Fiscal establece que sí puede haber consecuencias penales en casos de defraudación fiscal. Esto ocurre cuando se omite el pago total o parcial de contribuciones mediante engaños o simulaciones. Las penas van de:
- 3 meses a 2 años de prisión, si el monto defraudado no supera 1,932,330 pesos.
- 2 a 5 años de prisión, si el monto rebasa esa cantidad pero no excede los 2,898,490 pesos.

¿Hay forma de corregir la situación?
Sí. El SAT puso en marcha el Programa de Regularización Fiscal 2025, mediante el cual los contribuyentes pueden ponerse al corriente con sus obligaciones y obtener descuentos de hasta el 100 por ciento en multas y recargos. Además, quienes tengan saldo a favor todavía pueden presentar su declaración hasta el 31 de julio de 2025 y recibir la devolución automática.
¿Qué debes hacer ahora?
Si no cumpliste con tu obligación fiscal, lo más recomendable es presentar la declaración cuanto antes para reducir las consecuencias. También puedes verificar si tienes requerimientos pendientes o inconsistencias accediendo con tu e.firma o contraseña al portal del SAT.
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