
Desde el sexenio encabezado por Andrés Manuel López Obrador (AMLO), así como en el de Claudia Sheinbaum Pardo, uno de los programas sociales que más ha destacado es el de la Pensión para el Bienestar de personas adultas mayores de 65 años. En la actualidad, el periodo de registro está cerrado, aunque ya se conoce cuándo se habilitará de nueva cuenta.
A lo largo del mes de febrero, las autoridades anunciaron que el periodo de recepción de solicitudes de nuevos beneficiarios se encontraba abierto. Entonces, siguiendo el orden del calendario oficial, aquellas personas que ya habían cumplido 65 años o más pudieron acercarse a los módulos de registro para encaminar su trámite.
Quienes cumplieron 65 años y lograron registrarse hasta el 28 de febrero de 2025 para recibir la pensión solamente deberán aguardar a la entrega de la tarjeta del Bienestar. Por su parte, quienes cumplirán la edad mínima requerida después de la fecha indicada, deberán aguardar un par de meses para buscar su incorporación en el padrón de beneficiarios.

Cuándo será el próximo periodo de registro para nuevos beneficiarios de la Pensión Bienestar
Según dio a conocer la titular de la Secretaría del Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, al igual que la entrega del dinero a las personas beneficiarias, el registro de nuevas personas se realiza cada dos meses. En ese sentido, el próximo periodo de inscripción en el 2025 será durante el mes de abril.
Si bien las fechas exactas para la inscripción en abril todavía no se han dado a conocer, en el cuarto mes del año se podrán registrar aquellas personas adultas mayores que cumplirán 65 años en marzo y abril de 2025, así como rezagados. De igual manera, se podrán inscribir mujeres que hayan cumplido 63 años en el mismo periodo para recibir el programa de Pensión Mujeres Bienestar.

Cabe recordar que el monto entregado a las personas beneficiarias de la Pensión para el Bienestar de personas adultas mayores de 65 años es de MXN 6 mil 200, el cual es entregado cada dos meses a lo largo del año. Para poder acceder al apoyo, las personas que cumplan con las condiciones deben presentar:
1. Acta de nacimiento.
2. Identificación oficial vigente:
- Credencial para votar o
- Pasaporte vigente o
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
3. Clave Única de Registro de Población (CURP).
4. Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
5. Teléfono de contacto celular y de casa.
Las personas adultas auxiliares deben presentar la misma documentación, así como un documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor.
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