
El actor mexicano Héctor Parra, condenado a 12 años y seis meses de prisión por los delitos de corrupción de menores agravado y abuso sexual, ha decidido rechazar una oferta que le habría permitido obtener la libertad condicional.
Según informó su hija, Daniela Parra, a través de su canal de YouTube, la propuesta implicaba aceptar la sentencia y pagar una multa económica, algo que el actor se negó a hacer al considerar que ello significaría admitir un delito que asegura no haber cometido.
El rechazo a esta propuesta no es un hecho aislado en el caso de Héctor Parra. Según relató el novio de Daniela Parra, esta no es la primera vez que el actor se niega a aceptar un acuerdo que implique admitir culpabilidad.

En el pasado, cuando fue detenido, también se le ofreció un juicio abreviado que habría reducido su condena, pero Parra lo rechazó bajo el mismo argumento. “Él dijo: ‘Jamás voy a admitir algo que no hice’”, recordó el joven, destacando la firmeza con la que el actor ha mantenido su postura desde el inicio del proceso legal.
Daniela Parra, quien ha sido una de las principales defensoras de su padre, reiteró que aceptar la propuesta sería equivalente a admitir los delitos por los que fue condenado, algo que tanto ella como su familia consideran inaceptable. “Eso sería aceptar que mi papá lo hizo, y no lo vamos a aceptar. No les vamos a dar absolutamente nada”, afirmó en su declaración.
¿Qué es un juicio abreviado?

Según el Consejo de la Judicatura Federal: “El procedimiento abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso,prevista en el apartado A, fracción VII del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual, simplifica la resolución del proceso por medio de la negociación de la acusación con el imputado-acusado, a efecto de que la acepte para el dictado rápido de la sentencia, otorgándole beneficios en las sanciones que se le impongan. Esta es una figura novedosa, tutelada para acelerar la impartición de justicia”.
Y explica: “Sin embargo, su tramitación sólo es impuesta por el agente del Ministerio Público, sin la oportunidad de decisión del acusado para optar por esta forma de terminación, lo que vulnera el principio de progresividad siendo que en el abrogado Código Federal de Procedimientos Penales, permitía al procesado el acceso al juicio sumario como una forma de aceptación de la pena”.
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