
Pese a haber una condena por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de la Organización de Estados Americanos (OEA), y que solicitará adecuar las leyes para eliminar la prisión preventiva oficiosa; el expresidente López Obrador presentó una reforma para ampliar el catálogo de los delitos que ameritan esta medida cautelar.
La prisión preventiva oficiosa ha sido objeto de múltiples críticas al violar el derecho de presunción de inocencia, pues antes de que un presunto delincuente pueda debatir ante un juez se impone esta medida cautelar y son llevados hasta centros de detención, lo que resulta en la detención de cientos de personas que puedan pasar años encarcelados sin haber sido sentenciadas, es decir que no se les confirme que hayan cometido el delito por el que se les acusa.
Ejemplo de ello fue el caso de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes estuvieron en prisión sin sentencia durante 17 años, caso que la CIDH condenó y solicitó eliminar esta medida cautelar.
La propuesta de reforma que ahora promueve Morena agrega delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa:
- Extorsión
- Narcomenudeo
- En caso de producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas (como el fentanilo y sus derivados).
- Defraudación fiscal
- Contrabando
- Expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales, incluidas facturas.
Actualmente, el Artículo 19 establece que un juez ordena la prisión preventiva oficiosa en casos de, misma que estará en discusión en la Cámara de Diputados:
- Abuso o violencia sexual contra menores
- Delincuencia organizada
- Homicidio doloso
- Feminicidio
- Violación
- Secuestro
- Trata de personas
- Robo de casa habitación
- Uso de programas sociales con fines electorales
- Corrupción tratándose de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones
- Robo al transporte de carga en cualquiera de las modalidad, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
- Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares
- Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
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