
Recientemente se dio a conocer que el pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la llamada Ley Silla, que es la reforma a la Ley Federal del Trabajo para garantizar el derecho al descanso para los trabajadores durante la jornada laboral.
La Cámara Alta publicó que “por unanimidad, con 86 votos a favor, se aprueba en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos laborales de las personas trabajadoras del arte”.
Dicha Ley prohíbe a las empresas que los trabajadores laboren de pie durante toda su jornada, por las consecuencias que esto puede traer a su salud en un futuro. El dictamen también establece la obligación de proveer el número suficiente de asientos con respaldo para los trabajadores de los sectores como servicios y comercio, para la ejecución de sus funciones como para el descanso periódico.
Se establece que solo hay límites en la ley cuando la naturaleza del trabajo implique riesgos a la seguridad e integridad de las personas por tomar asiento durante el desarrollo de sus labores.

Los legisladores destacaron que el objetivo de la reforma es reducir los riesgos a la salud por permanecer mucho tiempo de pie. Y es que trabajar ocho horas continuas de pie es factor de desarrollo de los siguientes padecimientos: fatiga, insuficiencia venosa, tendinitis, varices, lesiones en rodillas, dolores musculares y trastornos reumáticos que afectan huesos, ligamentos, articulaciones y músculos.
¿Cuáles son las multas por prohibir el asiento a los trabajadores?
Napoleón Gómez Urrutia, senador de Morena, indicó, durante la sesión del martes 21 de febrero, que el incumplimiento de la Ley Silla generaría una multa a las empresas por el equivalente de 250 a 2 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA´s), es decir, desde los 16 mil 398 hasta los 163 mil 987 pesos.
¿Cuándo entrará en vigor la Ley Silla?
El proyecto de reforma, impulsado por la senadora de Movimiento Ciudadano (MC) Patricia Mercado y legisladores del mismo partido, se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos correspondientes, por lo que su aplicación entrará en vigor cuando sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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