
El Congreso de Aguascalientes despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación, esto en respuesta a una sentencia que emitió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde declaró inconstitucionales las penas de prisión para las personas que voluntariamente practiquen la interrupción legal del embarazo.
Fue durante la sesión privada del jueves 14 de diciembre que los legisladores, mediante una votación por cédula —es decir, no se conocerán el sentido de los sufragios de los integrantes del órgano legislativo—, cumplieron con lo que decidió el máximo tribunal del país el pasado mes de agosto.
La modificación se llevó a cabo debido a que fue impugnado el artículo 101 del Código Penal de la entidad, ya que establecía que había sanciones para aquellas mujeres o personal de salud que realicen esta práctica posterior a tal fecha. Además, la persona responsable de la interrupción podría ser acreedora a una pena de prisión que va desde los seis meses hasta un año, así como un pago total por la reparación del daño. En tanto, la persona que diera el consentimiento tendría una multa de uno a tres años, así como de 40 a 80 días de multa.
También se impugnó el artículo 102 en donde estaban las penas para personal de la salud que participara en dichos actos. Finalmente, el artículo 103 también fue señalado y éste establecía aspectos sobre las exclusiones de las penas respecto al aborto doloso.
Cuatro organizaciones presentaron una solicitud de amparo para proteger los derechos de las mujeres en Aguascalientes para decidir sobre su propio cuerpo, acción que llegó hasta la SCJN. Es la segunda ocasión en que esto ocurre, la primera entidad en vivirlo fue Coahuila.

Debido a que la sesión no fue pública, no se tiene más información sobre cuáles fueron las modificaciones y cómo quedará en Código Penal de Aguascalientes; sin embargo, con esto se oficializa el estado como el número 12 en despenalizar la interrupción del embarazo.
Tras dicha resolución, la organización GIRE emitió un posicionamiento en sus redes sociales en donde destacó que sí fue un paso a favor del derecho a decidir; sin embargo, lamentó que el Congreso haya perdido la oportunidad de evitar el uso penal y con esto no permitir que el aborto sea visto como un servicio de salud.
Pese a lo anterior, es importante recordar que la sentencia de la SCJN es retroactiva en beneficio de las personas que se encuentren procesadas o condenadas por dicho delito.
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