
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electora (INE).
En su cuenta personal de X (antes Twitter), Claudia Sheinbaum Pardo, posteó su beneplácito “nuestra impugnación en este caso tuvo eco por lo absurdo de la resolución del INE”.
Cómo fue la revocación
En sesión privada por videoconferencia, tres de cinco magistrados del TEPJF concluyeron que el ordenamiento de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE “no estuvo debidamente fundado ni motivado”.
Dichas medidas consistían en la suspensión definitiva de todos los eventos de Claudia Sheinbaum Pardo, Coordinadora de Defensa de la Transformación, por Estados Unidos.
La denuncia fue interpuesta en contra de “Claudia Sheinbaum Pardo, con motivo de la gira “La esperanza nos une” y/o “Agradecimiento y Esperanza” en los estados de Chiapas, Sonora, Sinaloa y Oaxaca, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña el supuesto uso indebido de recursos públicos y la posible vulneración al principio de equidad en la contienda”, refiere la Cédula de Notificación compartida por la afectada.

Conclusiones
De igual modo el escrito refiere que “las expresiones analizadas no constituyen una infracción en materia electoral, en específico, actos anticipados de precampaña y campaña, ya que eso requiere una solicitud de voto. Los eventos denunciados fueron partidistas, no proselitistas, ya que no se llamó a votar en favor o en contra de alguna opción política”, situación que evidentemente, no ha sucedido.
Dado lo anterior el Tribunal determinó que “lo procedente es revocar la determinación de medidas cautelares en su vertiente preventiva (...) este órgano jurisdiccional no advierte pruebas, siquiera indiciarias, que permitan sostener que los eventos fueron convocados a la ciudadanía en general”.
En sus conclusiones el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, señaló “la decisión de revocar el acuerdo impugnado considera que las medidas cautelares estuvieron indebidamente motivadas, ya que la comisión responsable -Comisión de Quejas y Denuncias del INE- no tomó en cuenta todos los elementos del expediente y el contexto del caso”, refiere.
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