
En México, millones de personas requieren de medicamentos que tanto centros de salud como hospitales públicos y privados deben ser prescritos de forma segura y responsable por su delicadez. Ante ello, te decimos cuáles son los datos que tu médico debe poner en la receta de esta medicina para que puedas adquirirla en la farmacia.
Diversas enfermedades físicas y mentales deben ser tratadas de forma contundente para mejorar la calidad de vida de los pacientes. Sin embargo, debido a lo fuerte que pueden ser estos fármacos es necesario tener un control sobre ellos.
Y es que, estos medicamentos pueden producir efectos secundarios que generarían dependencia física o psíquica en los seres humanos que, de utilizarse de forma irresponsable, se consideran como de alta peligrosidad y hasta es ilegal comerciar con ellas pues se pueden tomar como narcóticos que provocarían un problema de salud pública.

¿Qué requisitos necesito?
De acuerdo con la Ley General de Salud, el Reglamento de Insumos para la Salud y el Suplemento para Establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud actual, existen varios datos que debes exigirle a tu médico para que compres tus medicinas de forma segura y legal
Lo primero que debes revisar es que se encuentren correctos tus datos personales, es decir, tu nombre completo, la fecha de tu nacimiento, edad y el diagnóstico que ayudará a comprender por qué se prescribe el medicamento.
Lo segundo que hay que observar de manera detallada es el nombre completo del médico, su cédula profesional (que puedes rastrear en el Registro Nacional de Profesionistas), la dirección completa del consultorio o institución sanitaria, un teléfono, la firma del profesional y la institución educativa que lo acredite para poder recetar esta clase de fármacos.
Del mismo modo, es importante que quede sentado cuál será la sustancia que tienes que tomar, por lo que será obligatorio anotar:
-Fecha de prescripción.
-Nombre del medicamento y la sustancia activa, como opción también pueden escribir el nombre distintivo o comercial.
-Concentración (mg, ml, UI, etc.).
-Formato (solución inyectable, gotero, tableta, cápsulas, parches, entre otros).
-Dosis: cantidad que se debe administrar puntualizando que podría haber efectos negativos en caso de sobrepasar dicho número.
-Frecuencia.
-Tiempo que deberá durar el tratamiento.
-Vía de administración (cómo será ingerido al cuerpo).

También hay que considerar que hay diferentes formatos para los denominados estupefacientes y para los psicotrópicos y antibióticos. El primero debe contener de forma obligatoria un código de barras o bidimensional único y quedará a consideración de cada farmacia; mientras que el segundo se manda con una receta ordinaria con los datos del médico, a excepción de las que son emitidas por instituciones comunitarias o públicas ya que éstas deben contener el sello oficial que las avale.
Por su parte, es importante destacar que no todos los doctores tienen las facultades para recetar esta clase de medicamentos. Uno de los más grandes ejemplos son los cirujanos dentistas quienes solo pueden prescribir medicinas de uso odontológico.
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