
El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México busca lograr que se disminuyan los accidentes y que exista mayor seguridad vial, por lo que es importante que todos los conductores, peatones y ciclistas cumplan con todo lo que se estipule en el documento.
Una de las regulaciones que debe acatarse para evitar que sucedan accidentes, es que no se deben transportar objetos amarrados en el techo del carro, ya que es común que personas trasladen sillones, muebles y hasta colchones de esta manera, lo que puede representar un riesgo tanto para el conductor, como para el resto de los usuarios de la vía.

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México presenta en el artículo 38 que queda prohibido llevar objetos que instruyan visibilidad al conductor o que lo distraigan, ya que puede tener consecuencias devastadoras, y no sólo eso, en el caso de que los objetos no se hayan asegurado correctamente y lleguen a caer, podrían ocasionar accidentes.
¿Cuál es la multa para las personas que amarren objetos en el techo del vehículo?
El artículo 38 del reglamento menciona que todas las personas que no respeten lo establecido en la regulación serán acreedores a sanciones específicas.
Los conductores que no respeten las disposiciones relacionadas con objetos en el techo recibirán a una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Por lo anterior, las personas que no respeten lo que establece el reglamento podrían llegar a pagar como mínimo 518.7 pesos; también podría pagar 726.18 pesos; en el caso de la cuota máxima será de mil 37.4 pesos.
Pero eso no es todo, los conductores que lleguen a ser sancionados también recibirán una penalización que limita el uso del vehículo, es decir, no implica una carga económica, sino que el conductor no podrá usar su automóvil de manera cotidiana.
¿Los motociclistas también recibirán una multa?
En el caso de las personas que usen motocicleta para trasladarse, se aplica una sanción similar, la diferencia es que el enfoque de la sanción va en relación a la cantidad de personas que pueden subirse al vehículo, ya que únicamente se podrá tener una cantidad de viajeros establecida.

La sanción se ejecutará en el caso de que los motociclistas transporten a un número de personas que le impida mantener ambas manos sobre el manubrio, y un buen control del vehículo. Cabe mencionar que la multa que reciben los motociclistas es la misma que se señaló anteriormente.
Aunque la sanción puede incrementar para los motociclistas, en el caso de que lleguen a transportar a pasajeros que sean menores a los 12 años de edad. La sanción se aplica principalmente en los casos en que el menor no pueda sujetarse por sí mismo a la motocicleta, también cuando estando sentado, no pueda alcanzar debidamente los pies en los estribos o posapies.
En el caso de las personas que reciban una multa por trasladar a menores de doce años, deberán pagar una multa de 10, 15 o 20 UMAS, lo que es equivalente a pagar mil 37.4 pesos, mil 556.1 pesos o 2 mil 74.8 pesos. Aunado a lo anterior, el infractor perderá tres puntos en su licencia.
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