
La declaración anual de impuestos es una de las obligaciones más importantes que deberán tomar en cuenta los contribuyentes, pues de no hacerlo, podrían tener problemas futuros con el fisco. En ese sentido, aquí recordaremos quiénes están obligados a presentarla.
De acuerdo con la Secretaría de Administración Tributaria (SAT), la declaración anual de impuestos deberá realizarse antes de que termine el mes de abril. A pesar de que se presenta este año, ésta corresponde al ejercicio fiscal 2022.
Se trata de un procedimiento que solo deberá llevar a cabo personalmente el contribuyente interesado.

¿Quiénes están obligados a presentarla?
-Aquellos contribuyentes que obtuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos en el año.
-Si trabajaste para dos o más patrones en el año, a pesar de no haber rebasado la cantidad antes mencionada.
-Si dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre.
-También las personas que obtuvieron otros ingresos.
-En caso de haber percibido ingresos por concepto de jubilación, pensión o liquidación.
Mientras que, los contribuyentes que se encuentran exentos de hacer la declaración son:
-Los que obtuvieron ingresos exclusivos por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los 400 mil pesos). Aunque para validarlo, se deberá emitir el Comprobante Fiscal Digital (CFDI) de nómina, donde se visualiza la totalidad de sus ingresos y no un impuesto por cargo de la declaración anual.
-Si obtuvo ingresos por salarios e intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos de instituciones que componen el sistema financiero.
Por su parte, hay que recordar que las personas físicas podrán recurrir a sus deducciones personales para lograr un saldo a favor.
Dichas deducciones tienen que ver, por ejemplo, con los pagos de la educación de sus hijos, aunque sí se tendrán que respetar ciertos gastos de manera anual y con relación a algunos montos.
Algunos otros que se pueden presentar a favor son los gastos en salud, gastos funerarios o incluso, aportaciones a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore); sin embargo, también se tendrá que mostrar el comprobante de pagos o aportaciones.
El proceso de devolución se puede lograr anualmente al presentar la declaración, la cual se lleva a cabo de forma presencial o a través de la web. De acuerdo con el fisco, las devoluciones deberán aplicarse al menos 75 días hábiles después del origen del procedimiento.
El llamado saldo a favor ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad”.
En general, la declaración anual consiste en un documento oficial por medio del cual las personas físicas o morales realizan el reporte de todas las operaciones que hicieron durante el año anterior: registrar los ingresos percibidos, las deducciones, presentar en cero, el cálculo del impuesto por año y solicitar una devolución a favor.
En el caso de las personas morales que son las empresas deben cumplir y estimar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) antes del jueves 31 de marzo.
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