El fiscal general Mario Villar, a cargo de la Fiscalía N° 1 ante la Cámara Federal de Casación Penal, dictaminó que corresponde rechazar las impugnaciones de Lázaro Báez y Cristina Fernández de Kirchner sobre el decomiso de los $684.990.350.139,86 que deben devolver entre los nueve condenados por corrupción en la causa “Vialidad”.
Las defensas de la ex presidenta de la Nación y del dueño del Grupo Austral cuestionaron, con distintos argumentos, la competencia del Tribunal Oral Federal N° 2 sobre la ejecución del decomiso. La Sala IV del máximo tribunal penal, que integran los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, se pronunciaría sobre el caso la próxima semana.
El TOF N° 2, a cargo de los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, dictó el 6 de diciembre de 2022 -junto con la sentencia- el recupero de los 84.835 millones de pesos que se sustrajeron de fondos de la obra pública y en perjuicio del Estado.
Cuando la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena, en junio de este año, esa cifra se actualizó con el índice IPC y resultó en los casi 685 mil millones de pesos que los condenados tuvieron la oportunidad de devolver voluntariamente hasta el 13 de agosto pasado.
La Cámara Federal de Casación Penal ya rechazó las apelaciones con las que las defensas intentaron rebatir tanto el monto total del decomiso como la fórmula con la que se calculó su valor actual.
Ahora, los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, en representación de la exmandataria, reclaman que el TOF N° 2 decline su jurisdicción en favor de un Juzgado Civil y Comercial Federal. En ese fuero, el mes pasado, la Cámara confirmó la caducidad de la demanda civil que había iniciado la Dirección Nacional de Vialidad contra los condenados por corrupción con la obra pública, por lo que el expediente está cerrado.
Por su parte, la defensa del Lázaro Báez pidió que el trámite del decomiso pase al Tribunal Oral Federal N° 4. El argumento que elevaron sus abogados a la Casación es que su condena en Vialidad fue unificada con la sentencia previa que le habían dictado en la “Ruta del dinero K”, por lo que la ejecución de la pena le corresponde, a su entender, a este último Tribunal.
El dictamen fiscal
En un dictamen de 13 páginas firmado este miércoles, al que tuvo acceso Infobae, el fiscal Villar concluyó que los recursos de Casación presentados por las defensas debían ser rechazados.
La Fiscalía dejó en claro que el decomiso en este caso de corrupción es “una consecuencia jurídica independiente” a la pena, que incluso “puede ser ordenado sin condena previa” -según lo prevé el Código Penal- y que tampoco debe confundirse con la restitución de los daños que puedan reclamar terceros damnificados, como lo hizo Vialidad en la acción civil que caducó por inacción del organismo.
Además, el fiscal Villar hizo hincapié en que la finalidad de la recuperación debe ser “eliminar las ventajas patrimoniales obtenidas antijurídicamente, que pueden inducir al autor a cometer nuevos delitos”.
En relación con el argumento de Báez, la Fiscalía contestó que, dado que el decomiso no constituye una pena, no puede estar incluido en el régimen de unificación.
Además, separar su situación del resto de los condenados podría implicar que la cuestión se resuelva de forma incoherente por dos tribunales diferentes, dictaminó Villar.

Finalmente, la postura de la Fiscalía resaltó los compromisos asumidos por el Estado argentino en la lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción, entre los que aparece la recuperación de los activos originados en actividades ilícitas.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana Contra la Corrupción establecen la obligación de los Estados de decomisar bienes o derivados de la comisión de delitos vinculados con la corrupción.
Y, particularmente, ambas tienen un mandato de optimización que llama a descartar cualquier solución procesal que pretenda demorar, entorpecer o menoscabar la ejecución del desapoderamiento de los bienes.
En el mismo sentido que Villar, los fiscales de juicio Diego Luciani y Sergio Mola ya habían reclamado la semana pasada -con un dictamen propio- mayor celeridad para que se lleve adelante el decomiso.
“La resistencia de los condenados a devolverle al Estado argentino parte de la defraudación colosal y sistemática que llevaron adelante durante 12 años, además de mostrar su falta de arrepentimiento, constituye una afrenta a la sentencia firme y al principio de igualdad ante la ley (art. 16, CN). Esto obliga al tribunal a activar los mecanismos necesarios para ejecutar los bienes embargados, hasta cubrir la suma de la defraudación”, postularon.
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