
Gonzalo Mórtola fue interventor de la Administración General de Puertos (AGP) durante toda la gestión de Mauricio Macri y hace menos de un mes la Justicia lo condenó por contratar sin licitación a una empresa por casi un millón de dólares. De la misma forma que los empresarios de la causa Cuadernos, el exfuncionario de Cambiemos busca dejar sin efecto la sentencia con un ofrecimiento económico: una donación de 10.000.000 de pesos para el Hospital Garrahan, o bien 6.756 dólares, si se calcula el tipo de cambio con la cotización rozando el techo de la banda.
Hasta ahora Mórtola fracasó en su intención de pagar para evitar las consecuencias penales. Se lo rechazaron en varias instancias y la AGP, constituida como querellante, se pronunció en contra cada vez que pudo. Mientras tanto la causa en su contra avanzó y el pasado 20 de agosto lo sentenciaron a seis meses de prisión por incumplimiento de deberes de funcionario público.
El último viernes, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, resolvió anular una decisión previa que rechazó su ofrecimiento de reparación integral y devolver el caso al Juzgado Federal N° 3, a cargo del juez Daniel Rafecas, para que emita un nuevo pronunciamiento.
Más allá del caso, Casación sentó un precedente relevante con Mórtola al determinar que para que prosperen estas vías alternativas de resolución de conflictos es necesaria la conformidad de la fiscalía -el fiscal Eduardo Taiano había aceptado la reparación económica-, más no así el visto bueno de la querella.
Un millón de dólares sin licitación
Gonzalo Mórtola intervino la Administración General de Puertos entre el 29 de marzo de 2016 y el 10 de diciembre de 2019, según consta en el expediente judicial.

El origen del delito por el que lo condenaron estuvo en las resoluciones 129/16 y 169/17, que fueron consideradas contrarias a lo dispuesto en el Reglamento de Compras y Contrataciones del organismo.
Según determinó la Justicia, Mórtola contrató directamente y sin licitación pública a la firma Advance Logistics Group SA, integrante del grupo Indra Sistemas SA, a la que el Estado le pagó US$ 940.508. Esta contratación se llevó a cabo sin los fundamentos requeridos ni la confrontación con otros oferentes.
Al referirse sobre el ofrecimiento económico, el Ministerio Público Fiscal y la defensa coincidieron en que el hecho atribuido a Mórtola produjo una “afectación reducida” y “no significó menoscabo económico alguno al erario público”.
Además, tuvieron en cuenta que el exfuncionario carecía de antecedentes penales y que este era el primer proceso penal que enfrentaba.
En contraste, la Administración General de Puertos se opuso a la reparación ofrecida. La querella argumentó que el delito investigado requirió de irregularidades con intervención de otros funcionarios y consultores privados y que la solución se basaba en un “examen aislado de la conducta”.
Asimismo, la AGP señaló que el instituto de la reparación integral no había sido regulado procesalmente y que su aplicación debía ser cautelosa.
En mayo -previo a la condena- el juez Rafecas rechazó el ofrecimiento de reparación integral. El magistrado analizó los argumentos de ambas partes y, aunque destacó que el instituto se encontraba operativo y vigente, se apoyó en la oposición negativa de la querella, señalando la importancia de su opinión en este tipo de alternativas de resolución de conflicto.
Qué dijo la Cámara de Casación

El juez de Cámara Javier Carbajo, en su voto que conformó la mayoría, avaló la donación al Hospital Garrahan porque se trata de un delito “de menor gravedad -con una pena máxima de dos años de prisión- y de una afectación reducida del bien jurídico”.
Carbajo diferenció la reparación integral de la conciliación, señalando que la primera no demanda de manera excluyente la conformidad de la víctima, a diferencia de la segunda.
Si bien la querella debe ser oída, su postura no es vinculante para el juez, y en este caso, al ser un organismo de la administración pública nacional, su calidad de víctima “debía ser matizada”.
El juez Mariano Borinsky adhirió a la postura de Carbajo. Coincidió en que el dictamen favorable del fiscal Eduardo Taiano tuvo en cuenta la pena máxima de dos años del delito, la mínima afectación al bien jurídico, y que el ofrecimiento de $10.000.000 al Hospital Garrahan era una compensación adecuada.
Borinsky también señaló una contradicción en la postura de la AGP, que en marzo de 2023 había solicitado la clausura de la instrucción respecto de Mórtola y la elevación a juicio, sin que ello impidiera la investigación de otros posibles partícipes, lo que desvirtuaba su argumento sobre una “maniobra más compleja” que impedía la reparación integral.
En contraste, el juez Gustavo M. Hornos emitió un voto minoritario. Este magistrado sostuvo que las cláusulas de extinción de la acción penal, como la reparación integral, otorgan preeminencia al interés de la víctima dentro de un marco de razonabilidad.
Sin embargo, afirmó que no son objeto de reparación ni de acuerdo conciliatorio los casos en los que el daño excede el interés de una víctima concreta, como ocurre con los delitos que afectan a los bienes del Estado.
En su opinión, la postura negativa de la AGP fue válida, basándose en la improcedencia de la reparación económica para delitos cometidos por funcionarios públicos. Por estas razones, Hornos propuso rechazar el recurso de casación.
Ahora resta conocer el nuevo pronunciamiento del juez Rafecas, que ya recibió en su despacho el fallo de Casación. Dado que Mórtola ya fue condenado, existe la posibilidad de que se acepte la reparación y no necesariamente quede sin efecto la totalidad de la sentencia.
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