
El médico cirujano plástico Aníbal Lotocki recibió un nuevo revés en una de sus causas en los tribunales penales. Este miércoles, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó un recurso extraordinario federal de su defensa para que la Corte Suprema de la Nación revise su condena a ocho años de prisión por estafa y por las lesiones graves ocasionadas a cuatro de sus pacientes: Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa, la fallecida Silvina Luna y Gabriela Trenchi.
El tribunal penal, integrado por los jueces Horacio Leonardo Días y Eugenio Sarrabayrouse, consideró que la defensa del condenado no presentó agravios con entidad “federal suficiente” para habilitar la instancia extraordinaria y calificó sus argumentos como meras repeticiones sin sustento jurídico.
Se trata de un expediente en el que, en febrero de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 28 condenó a Lotocki a cuatro años de cárcel y cinco de inhabilitación profesional. En los fundamentos de esa sentencia, el juez Carlos Rengel Mirat sostuvo: “Tengo por acreditado que Aníbal Rubén Lotocki realizó intervenciones quirúrgicas a Silvina Luna, Stefanía Xipokitakis, Gabriela Trenchi y Pamela Sosa, colocándoles en su cuerpo un producto de relleno del cual solo se sabe que contenía microesferas de Polimetilmetacrilato (PMMA), en zonas y cantidad no aconsejadas, produciéndoles con ello lesiones, al generarles granulomas. El reproche penal consiste en tener por probado que, dolosamente, calló u ocultó intencionalmente lo que era su obligación informar. No les advirtió que en las intervenciones quirúrgicas que iba a efectuar con PMMA, se podían generar granulomas y las consecuencias aún más lesivas que ello podía traer aparejado para las cuatro pacientes”.

Apelación mediante, en noviembre de 2023, la Sala III de Casación revisó el fallo y agravó la condena a ocho años de cárcel e inhabilitación por diez años. Los camaristas entendieron que, además de las lesiones, el cirujano había incurrido en el delito de estafa, en particular en el caso de Gabriela Trenchi, quien le había solicitado expresamente que no utilizara PMMA y aun así fue sometida a una operación con esa sustancia. Al duplicar la pena, los jueces valoraron como agravantes el “gravísimo apartamiento” de los deberes médicos, la falta de empatía hacia las pacientes, el sufrimiento físico y moral ocasionado y el aprovechamiento de la relación médico-paciente para obtener un beneficio económico.
Frente a esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación “horizontal” para que otra Sala de ese órgano judicial revea la condena. Ahí fue el turno de Sala II, que en abril de este año ratificó la pena y rechazó los planteos vinculados a la calificación de estafa. En esa oportunidad, el juez Días subrayó que la sanción se encontraba dentro de los márgenes legales -de uno a treinta años- y en el tercio inferior de la escala, además de remarcar que Lotocki “defraudó a las mujeres que atendió” y que su conducta representó una “extrema forma de violencia y abuso profesional”.
Así las cosas, el nuevo planteo presentado por la defensa del médico buscaba que el caso llegara hasta el Máximo Tribunal del país. Al desestimarlo, el camarista Días recordó que el escrito se dirigía contra la resolución de abril, donde ya se había ratificado lo decidido por la Sala III: “El recurso extraordinario federal se interpuso contra la resolución de esta Sala por la cual se resolvió: ‘Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Aníbal Rubén Lotocki y confirmar la sentencia impugnada, en todo cuanto fue materia de agravios; con costas’”.

En esa línea, señaló que el recurso en cuestión no contenía fundamentos nuevos: “De la lectura del contenido del escrito se observa que la defensa se ha limitado a reiterar los argumentos expuestos en su recurso de casación, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta Sala. Ello evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar el recurso”.
Con la adhesión del juez Sarrabayrouse, la Sala II concluyó: “En definitiva, el apelante no invocó algún agravio equiparable a la existencia de una cuestión federal suficiente que habilite la instancia extraordinaria promovida”. De ese modo, resolvió declarar “inadmisible” el intento de Lotocki por llevar su caso ante la Corte.
El cirujano plástico se encuentra detenido desde octubre de 2023 en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, aunque no en cumplimiento de esta condena, sino en el marco de otra investigación penal por homicidio simple con dolo eventual. El proceso se vincula con la muerte de Rodolfo Christian Zárate, quien falleció el 16 de abril de 2021 tras una cirugía estética practicada por él y su equipo en la clínica Cemeco del barrio porteño de Caballito. Este año, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 17 juzgará a Lotocki junto a otros cinco profesionales, entre ellos la directora de la clínica y otros cuatro profesionales como presuntos coautores, además de una instrumentadora quirúrgica acusada de encubrimiento agravado.

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