
Tras homologar un acuerdo de juicio abreviado, el Tribunal Federal de Juicio Nº 1 de Salta condenó con penas de hasta 11 años y medio de prisión a tres ciudadanos bolivianos por ingresar al país con más de 360 kilos de marihuana ocultos en una camioneta proveniente de Chile. La sentencia fue dictada por la jueza de Cámara Marta Snopek, quien responsabilizó a los imputados como coautores del delito de “contrabando de importación de estupefacientes agravado por estar destinado a su comercialización y por el número de personas intervinientes" y, a su vez, ordenó la destrucción de la carga.
Se trata de los acusados Cleto Ricardo Berna Delgado, de 34 años, nacido en Castor y domiciliado en Soniquera, Potosí; Segundino Bernal Bautista, de 47 años, nacido en Soniquera y con domicilio en Uyuni; y Oscar Bernal Cruz, de 24 años, nacido y domiciliado en Soniquera, todos ellos en el Estado Plurinacional de Bolivia.
De acuerdo a las actuaciones, “en fecha 06/10/2024 ingresaron a la República Argentina por un paso no habilitado desde el país de Chile, a bordo de una camioneta Toyota Hilux de color gris (...) de origen chileno, en la cual llevaban un total de 17 bolsas de arpilleras con 364 paquetes acondicionados, que en su interior contenían un total de 361,604 kg de sustancia de marihuana”.
El operativo fue realizado alrededor en las cercanías al límite internacional fronterizo Socompa (Argentina-Chile) por personal de Gendarmería Nacional del Escuadrón “San Antonio de los Cobres”, quienes se encontraban desplegando un patrullaje cuando detectaron alrededor de las 7 de la tarde que un vehículo con tres ocupantes ingresaba al país por un camino secundario. Allí procedieron a interceptarlo para su requisa.

“Que, del control y registro visual del vehículo, el personal de la fuerza pudo observar que en la caja de carga llevaban 15 bultos de grandes dimensiones envueltos en bolsas arpilleras, y en la parte trasera de la cabina, los asientos habían sido retirados y, en su lugar, se encontraban 2 bolsas arpilleras también de grandes dimensiones; de las cuales el personal de prevención pudo detectar que emanaba un fuerte olor a marihuana, por lo que se procedió a su apertura constatándose que en su interior contenían sustancia vegetal amarronada, siendo ello posteriormente corroborado con la prueba de narcotest que arrojó resultado positivo para dicha sustancia", expuso la jueza Snopek al aceptar el acuerdo entre la fiscal subrogante Paula Gallo Puló y las defensas.
La pericia química confirmó que la carga era de marihuana por un peso neto de 361,604 kilos, con un porcentaje de concentración de THC del 13,906%, de la cual se podían obtener 14.367.061 dosis umbrales.
Durante la requisa, además, se encontraron dos celulares, “una bolsa con un total de 30 chapas patente (14 juegos frente y traseras coincidentes, y otras dos chapas diferentes), todas de nacionalidad chilena” y “dos bidones llenos de combustible de 60 litros cada uno”. A su vez, del informe de Migraciones surgió que ninguno de los tres acusados registraba entradas o salidas por los pasos fronterizos habilitados.
El tribunal oral de Salta, constituido de forma unipersonal, reseñó en su fallo que en los teléfonos secuestrados se detectaron "conversaciones y audios donde refieren a la operatoria y organización concertada por los acusados, con distribución de roles para la realización del viaje y la actividad ilícita desplegada, la cual desarrollaban ‘en familia’ y en relación de confianza".
“También surgen comunicaciones referidas al pago por dicha actividad, comunicaciones con indicaciones a la presencia de controles policiales y el uso de caminos alternativos, empleando para ello la combinación del idioma castellano con la lengua originaria ‘quechua’ (que fue debidamente traducida por una intérprete) lo que aunado con lo antes referido quedó demostrado la intención de ocultamiento de la maniobra ilícita", añadió la jueza federal.
Según quedó consignado en la resolución, los imputados afectaron los bienes jurídicos de la salud pública y del adecuado control fronterizo en la medida en que intentaron llevar a cabo su operación de manera organizada, con pleno conocimiento de que la carga era ilegal y “con el claro propósito de evadir el control Aduanero” para ingresar la droga al país para su posterior venta.

En cuanto a las penas, el tribunal impuso a Cleto Berna Delgado una condena de “nueve años de prisión efectiva intramuros del Servicio Penitenciario Federal, más la inhabilitación absoluta por el término de la condena, la inhabilitación especial de 5 años para ejercer el comercio, e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena para ocupar empleo o función pública”.
Oscar Bernal Cruz fue sentenciado en los mismos términos a ocho años de cárcel, mientras que Segundino Bernal Bautista, que ya registraba en el tribunal salteño un antecedente del año 2016 por resultar culpable del delito de contrabando de importación de estupefacientes en grado de tentativa, por el cual le habían impuesto cuatro años y medio de prisión, resultó condenado a 11 años y seis meses de cárcel.
Finalmente, se autorizó al Ministerio Público Fiscal a “proceder con la destrucción del material estupefaciente secuestrado a través de la autoridad sanitaria que se designe al efecto, conforme art. 30 de la ley 23.737″ y se dispuso la inmediata remisión de la causa al Juzgado de Ejecución de Sentencia, dada la **"renuncia formulada por las partes a los plazos procesales impugnatorios".
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