
En el tramo final del juicio oral por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la denominada “Subzona Militar 12″, ubicada en el centro de la provincia de Buenos Aires, la Cámara Federal de Casación rechazó el pedido de libertad de uno de los 35 imputados, el ex policía bonaerense José Bruzzone, quien deberá seguir en prisión preventiva al menos hasta el veredicto.
Se trata de un debate que comenzó el 25 de febrero de 2022 en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, donde ex militares y ex policías de distinto rango, junto a un civil, están siendo juzgados por una serie de ilícitos imprescriptibles realizados durante el gobierno de facto en la “Subzona 12″, un área militar conformada por diferentes ciudades como Tandil, Azul, Olavarría, Las Flores y Roque Pérez.
En rigor, los fiscales Santiago Eyherabide, Eugenia Montero y Julio Darmandrail impulsan, junto a la querella de la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense, la acusación por crímenes cometidos en centros clandestinos como “La Huerta” -un predio rural sobre la Ruta 226 y el camino a la Base Aérea Militar Tandil-, comisarías locales y otras dependencias estatales, donde 138 víctimas fueron sometidas a secuestros, torturas, homicidios y desapariciones forzadas.
El juicio se encuentra en la etapa de los alegatos y ya desarrolló casi 80 audiencias con más de 200 declaraciones testimoniales. En un principio, habían sido llevados al banquillo un total de 51 imputados en virtud de su accionar durante la última dictadura. Sin embargo, como consecuencia de fallecimientos y declaraciones de incapacidad, 35 quedaron en condiciones de ser juzgados.

La fiscalía ya tuvo su turno para solicitar once penas de prisión perpetua, cuatro absoluciones y otras 20 condenas de entre 3 y 20 años de cárcel. Entre ellos, José María Bruzzone, ex policía asignado en la Comisaría de Roque Pérez, a quien le pidieron cuatro años y cuatro meses de prisión como coautor de una serie de delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia y por haber durado más de un mes; tormentos agravados por ser la víctima perseguido político; robo y allanamiento ilegal de domicilios; todo en concurso real.
Así las cosas, el Tribunal Oral de Mar del Plata, integrado para este caso por los jueces Nicolás Toselli, Fernando Machado Pelloni y Luis Imas –y con la actuación como jueza suplente de Sabrina Namer-, le impuso a Bruzzone, por pedido de la fiscalía, una medida cautelar de prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario desde julio de 2023 por considerar que existían “riesgos procesales” en virtud de la gravedad de los hechos imputados.
El 21 de febrero pasado, el tribunal de juicio rechazó una solicitud de libertad introducida por la defensa pública del ex policía, quien llevó el pedido ante la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, conformada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.
En su planteo ante la Alzada, la defensa aseveró que no había “elementos de convicción suficientes para sostener la probabilidad” y la “participación del imputado” en los hechos que se le atribuyen. Expresó también que la etapa de producción de prueba en el debate había terminado, y que en ella los testimonios de las víctimas “confirmaron la inocencia de Bruzzone”.

A su vez, entre otras cosas, dijo que no podía soslayarse que el ex policía “es un adulto mayor de edad, enfermo, que no sabe si tendrá vida suficiente para recuperar su libertad“.
El 27 de julio de 2023, la Sala de Feria de Casación ya había declarado inadmisible el primer planteo de la defensa de Bruzzone para revisar en esa instancia su detención cautelar. En febrero de 2025 volvió a insistir puntualizando que debía ponderarse “la intachable conducta procesal” de su defendido, “la posibilidad de utilizar alternativas coercitivas menos rigurosas”, la “prolongación” del juicio oral y el “estado de salud y la avanzada edad del justiciable”.
Tras el dictamen del fiscal Eyherabide, que se opuso a la solicitud, los jueces de Casación quedaron habilitados para dictar resolución esta semana.
En un fallo al que tuvo acceso Infobae, el camarista Borinsky, primero en emitir su voto, expresó: “La defensa de José María Bruzzone no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la solicitud de libertad del encartado".
En ese sentido, reseñó los diversos razonamientos que utilizó el tribunal de juicio para mantener con “razonabilidad” la prisión preventiva sobre el expolicía, contra quien el Ministerio Público Fiscal exigió una pena de 4 años y 4 meses de cárcel y la querella otra de 10 en sus alegatos de cierre.

“En este orden, el tribunal de la instancia previa explicó que tales acusaciones estaban fundadas en la presunta participación del encartado en la comisión de delitos calificados como de lesa humanidad, carácter que impone el deber de reducir la posibilidad de que peligre su investigación, juzgamiento y eventual sanción”, explicó Borinsky.
Al considerar que la medida sobre Bruzzone continuaba siendo “proporcional y necesaria”, el camarista propuso declarar inadmisible el recurso de casación en tanto “las discrepancias valorativas expuestas por el impugnante, más allá de evidenciar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad, en los graves defectos del pronunciamiento, o en alguna cuestión federal”.
Con la adhesión del juez Carbajo, la Sala IV terminó de rechazar el planteo de la defensa pública en manos de José Gabriel Galán. El camarista Hornos, en tanto, expresó su disidencia tras interpretar que correspondía abocarse al estudio de los agravios esgrimidos por el recurrente, más allá de evaluar como “razonables los argumentos expuestos en la decisión que viene aquí recurrida”.
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