
El fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que declaró inconstitucionales una serie de normas que prohíben la libertad condicional para condenados por narcotráfico y que benefició a un detenido por ese delito abrió varios escenarios en tribunales: la decisión fue apelada por la Fiscalía para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se solicitó un plenario para que Casación establezca un único criterio para esos casos y los magistrados que dictaron la sentencia fueron denunciados por presunto mal desempeño.
Todos esos ejes comenzarán a activarse en las próximas semanas a la expectativa de sus resoluciones.
Se trata del caso de Carlos Hernán Beati, quien en 2020 fue condenado a seis años de prisión por tráfico ilegal de estupefacientes. Beati reclamó su libertad condicional y el Tribunal Oral Federal (TOF) 3 de San Martín se la rechazó y la defensa apeló a la Cámara de Casación que hace dos semanas, durante la feria judicial, aceptó el planteo y le ordenó al TOF que dicte un nuevo fallo.
Lo que se discutió fueron los artículos 56 bis inciso 10 de la Ley 24.660 y el 14 inciso 10 del Código Penal. Se trata de una reforma que aprobó el Congreso Nacional en 2017 -en lo que se conoció como la “ley Petri”, por el actual ministro de Defensa de la Nación, Luis Petri- que prohibió que presos condenados por delitos graves, como narcotráfico, puedan acceder a la libertad condicional.
Los jueces de la sala de feria de Casación Ángela Ledesma y Juan Carlos Gemignani entendieron que los artículos son inconstitucionales porque ponen en desigualdad ante la ley a esos detenidos frente a presos por otros delitos. Los magistrados señalaron que la igualdad ante la ley está consagrada en la Constitución Nacional y en tratados internacionales a los que Argentina adhirió. Otro argumento fue que se trata de una desigualdad frente a la resocialización de los detenidos. El tercer juez, Diego Barroetaveña, votó por rechazar el pedido.
El fallo fue apelado por el fiscal de Casación Raúl Pleé para que sea revocado por la Corte Suprema. Pleé sostuvo que las reformas no vulneran principios constitucionales, ya que establece un régimen de progresividad específico para delitos graves como el narcotráfico. Además, el fiscal argumentó que la diferenciación en el tratamiento de los condenados por delitos graves es razonable y justificada por la magnitud del daño que estos ilícitos generan en la sociedad.
También solicitó que la Cámara de Casación dicte un fallo plenario. Eso es que ante un tema donde hay diversidad de criterios todos los jueces del tribunal se reúnan para fijar uno. Pleé explicó que el fallo de la sala de feria no es el criterio unánime de Casación sino que la mayoría de los jueces en otros casos avalaron la constitucionalidad de las normas que prohíben la libertad condicional para detenidos por narcotráfico.
Una de los interrogantes que dejó el fallo fue si se podía aplicar a todos los detenidos por venta de drogas, que Infobae reveló la semana pasada que eran 14.584, según la última estadística oficial de diciembre de 2023 de personas detenidas en Argentina. El fallo es solo para Beati y otros presos en su misma situación deben iniciar su causa sin que de manera automática se les aplique esa resolución.
Frente a la apelación, Barroetaveña, como titular de la Sala I de Casación, la envió a la presidencia del tribunal, a cargo del juez Daniel Petrone. Ahora, la Superintendencia de Casación, que lo integran Petrone y los presidentes de cada una de las cuatro salas del tribunal, deberá resolver si convocan a un acuerdo plenario para fijar un criterio sobre el caso.

Por otra parte, el último escenario que se abrió fue que ayer los jueces Ledesma y Gemignani fueron denunciados por presunto mal desempeño ante el Consejo de la Magistratura de la Nación, el órgano que entre otras funciones investiga la conducta de los magistrados nacionales y federales.
La denuncia la presentó el abogado Hugo Bullón que señaló que los magistrados “se excedieron de sus competencias, ya que el control de constitucionalidad de normas penales debe ser resuelto en condiciones de normalidad institucional por las salas ordinarias” y no por una feria. “El fallo usurpa facultades propias del Poder Legislativo, desnaturalizando el sistema de control de constitucionalidad y apartándose de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, planteó el abogado en su denuncia.
Ahora el Consejo deberá decidir si la denuncia pasa a la Comisión de Acusación o a la de Disciplina. La primera investiga los hechos más graves que pueden terminar en el juicio político de un juez o en la de Disciplina, donde se aplican sanciones.
Sin embargo, un criterio establecido por el Consejo es que los jueces no pueden ser sancionados por el contenido de una sentencia donde se vuelca un criterio jurídico.
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