
El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py rechazó hoy el pedido de prisión domiciliaria que solicitó el ex secretario de Transporte de la Nación Ricardo Jaime por cuestiones de salud y así seguirá detenido en la cárcel federal de Ezeiza cumpliendo su condena por la tragedia ferroviaria de Once.
“Los informes muestran con suficiencia que las patologías que padece el condenado no evidencian una situación crítica que amerite ser subsanada a través de la morigeración de la detención. En definitiva, no encontramos razones humanitarias ni médicas que permitan afirmar que el encierro carcelario que pesa sobre Jaime atente contra su salud y, por ello, entendemos que no corresponde en el caso morigerar la modalidad de cumplimiento de la pena”, sostuvieron los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Néstor Costabel en su resolución a la que accedió Infobae.
Jaime quedó detenido a principios de mes luego que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme su condena a cinco años de prisión por la tragedia de Once, cuando un tren de la línea Sarmiento chocó el 22 de febrero de 2012 y murieron 52 personas y más de 700 resultaron heridas. La pena total fue de seis años porque se le acumularon otras condenas que tenía firmes. Así volvió a prisión. Jaime había sido el primer funcionario kirchnerista -fue secretario de Transporte entre 2003 y 2009- en ser detenido. Quedó preso en abril de 2016 por orden del juez federal Julián Ercolini y estuvo detenido casi siete años. Fue liberado en marzo del año pasado. En todo ese período acumuló seis condenas por causas de corrupción.
Ante esta nueva detención, la defensa de Jaime pidió su prisión domiciliaria. Explicó que el ex funcionario sufre carcinoma basocelular lobulado, hipertensión arterial esencial, hipotiroidismo subclínico, hiperglucemia, un nódulo pulmonar y una patología crónica severa en la columna cervicodorsolumbar. El cuadro le requiere un tratamiento específico de rehabilitación basado en hidrokinofisioterapia que se tiene que hacer en una pileta. También argumentó que en enero Jaime cumplirá 70 años, la edad a partir de la cuál se puede pedir la prisión domiciliaria por ese motivo.
El TOF ordenó que el Cuerpo Médico Forense analice a Jaime. “Los profesionales concluyeron que Jaime se encontraba clínicamente compensado y no presentaba evidencias de patologías agudas al momento del examen”, explicaron los jueces en su resolución. Los médicos ratificaron el cuadro de salud de Jaime y señalaron que las “patologías podrían ser tratadas tanto en el establecimiento carcelario en el que se encontraba alojado como, en su defecto, en un hospital extramuros”. En la causa también consta el informe de los médicos de la cárcel de Ezeiza que revisaron a Jaime y que se habían pronunciado en el mismo sentido.

Después de revisar los informes, el fiscal federal Juan Patricio García Elorrio y el abogado querellante que representa a las víctimas, Leonardo Menghini, pidieron que el pedido de prisión domiciliaria sea rechazado.
“Se puede descartar de manera categórica que alguna de estas enfermedades impida su tratamiento adecuado en el ámbito penitenciario. De hecho, todo lo contrario. Las constancias clínicas obrantes en autos evidencian que los padecimientos de Jaime pueden ser debidamente atendidos dentro del establecimiento penitenciario, lo que descalifica la vía argumental introducida en ese sentido”, señalaron los jueces.
También que “Ricardo Raúl Jaime desde el punto de vista médico no presenta patologías o dolencias que permitan inferir que posee una enfermedad que le impida ser adecuadamente tratado o recuperarse en un establecimiento carcelario y menos aún que sus patologías puedan verse agravadas por su estado de detención. Tampoco puede considerarse que los tratamientos médicos a los que debe someterse justifiquen la concesión de la prisión domiciliaria, ya que tal como afirmaron los galenos, los mismos pueden ser realizados intramuros”.
Por último, los magistrados también descartaron el argumento de los 70 años que cumplirá en enero. “El criterio del tribunal sobre la cuestión es inveterado, en el sentido de considerar que el mero cumplimiento de la edad prevista en el inc. d del art. 32 no opera de forma automática”, señalaron.
El tribunal en su resolución le pidió al director de la cárcel de Ezeiza que Jaime “sea evaluado por especialistas en cardiología, dermatología, cirugía general, endocrinología, neumología y traumatología a los efectos de verificar adecuadamente su actual estado de salud y se determine el tratamiento médico a seguir en función de las diversas patología que padece, autorizando a tales fines, el traslado del nombrado a hospitales extramuros” y que el ex funcionario reciba “un control médico periódico sobre la salud”.
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