
La Justicia le pidió informes a la AFIP para resolver sobre la medida cautelar que impulsó el gremio de empleados judiciales que lidera Julio Piumato contra la nueva reglamentación del impuesto a las Ganancias. Los empleados del Poder Judicial reclaman la inconstitucionalidad del artículo que impide el cómputo de deducciones al momento de liquidar el Impuesto a las Ganancias para el sector.
El pedido de informes está reglamentado por la ley de medidas cautelares: impone que, previo a resolver, el juez le dé a la autoridad pública demandada cinco días para que presente un informe que dé cuenta del “interés público comprometido por la solicitud”.
Con esta respuesta, el tribunal se encontraría en condiciones de resolver si frena la aplicación de la norma. Sin embargo, los judiciales correrían el riesgo de que la respuesta judicial llegue después de que se hayan aplicado las deducciones, teniendo en cuenta que el próximo jueves comienza el mes de agosto.
En tanto, el debate sobre la aplicación del nuevo impuesto a las Ganancias para los jueces y funcionarios judiciales alcanzados por ese tributo también deberá esperar al menos hasta el lunes próximo, cuando se reanude la actividad en los tribunales, según lo decidió este jueves la jueza Cecilia Gilardi De Negri. La jueza se pronunció en contra del dictamen del Ministerio Público que propiciaba un tratamiento urgente en el marco de la causa que impulsó la Asociación de Magistrados, según el fallo al que accedió Infobae.

La funcionaria actúa como jueza de feria. De Negri tomó el caso en las últimas horas, luego de que su colega Martín Cormick se excusó de intervenir porque forma parte del universo de los funcionarios que fueron nombrados después de 2017 y que pagan Ganancias. “En atención a que me encuentro alcanzado por la normativa cuestionada en el objeto de la presente demanda, me excuso de entender en las presentes actuaciones”, escribió.
Horas antes, la fiscalía había promovido la habilitación de la feria para tratar el planteo. El fiscal Omar Canda había fijado la competencia del fuero en lo contencioso administrativo y consideró que “en el caso median circunstancias suficientemente excepcionales al efecto de tener por configurada la urgencia exigida para habilitar la feria judicial” en razón del carácter alimentario de los derechos reclamados. Ello, sumado a que el artículo 84 de la ley 27.743 establece que las disposiciones del Capítulo I del Título V, referidas al impuesto a las ganancias, entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, y surtirán efecto a partir del año fiscal 2024. “Por lo tanto, opino que el Tribunal puede hacer lugar a la habilitación de feria solicitada”, señaló.
Sin embargo, al tomar la causa, la jueza rechazó el pedido. El fallo subrayó que “la habilitación de la feria judicial es una medida de excepción y, por lo tanto, debe acordarse con criterio restrictivo” y señaló que “sólo corresponde acceder a su declaración si alguna de las partes invoca que la demora en despachar algún asunto pendiente le puede ocasionar la frustración de un derecho o un grave perjuicio”.
“Ello es así, en la medida en que las razones de urgencia que determinan la habilitación de la feria judicial, por principio, son solamente aquellas que entrañan para los litigantes un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos, para cuya tutela requiere la protección judicial”, afirmó. “Bajo dichos lineamientos y ante la inminencia de la finalización de la feria judicial el día de mañana -viernes 26/07/24- entiende el Tribunal que no se dan los supuestos necesarios para acceder a lo solicitado. En consecuencia y por todo lo dicho, habiendo sido oído el Sr. Fiscal Federal, RESUELVO: Rechazar la habilitación de la feria judicial”.
Este lunes, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional presentó una demanda en la que reclama que se le ordene al Estado Nacional, al Consejo de la Magistratura, a la Corte Suprema, a la Procuración General y a la Defensoría General de la Nación que se suspenda la aplicación de la nueva reglamentación de la ley de Ganancias en sus sueldos. Según la presentación a la que accedió Infobae, los jueces sostuvieron que la nueva ley es “inconstitucional” y “menoscaba derechos adquiridos”.
El escrito, que lleva la firma del juez federal Andrés Basso, presidente de la Asociación, exigió el dictado de una medida cautelar -previa habilitación de la feria- por entender que la nueva normativa afecta la intangibilidad de las remuneraciones de los magistrados y el funcionamiento en sí del Poder Judicial de la Nación, el Ministerio Público Fiscal y la Defensoría Pública.
“El Poder Judicial no puede ser cómplice de este avasallamiento y convertirse en un ‘acompañante’ más de los caprichos del Poder Legislativo Nacional y/o del Poder Ejecutivo Nacional que con esta normativa desconoce la división de poderes”, se sostuvo en un tramo de la presentación a la que accedió Infobae. En ese contexto, la entidad que nuclea a los jueces pidió que se “declare la inconstitucionalidad y/o invalidez jurídica y/o ilegitimidad de la ley 27.743″ para el universo de miembros de la asociación en todo cuanto resulte materia de agravio y se mantenga el actual escenario.
La demanda colectiva de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN) se había iniciado una semana antes, previo a su reglamentación. El gremialista Julio Piumato dijo a Infobae que durante la feria juntaron unas 300 firmas y ahora ya tienen dos mil para que, a través de un proceso, se declare la ilegalidad de la ley a través de una acción declarativa.
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