La Corte Suprema de Justicia de la Nación tuvo que definir quién quedará a cargo de la denuncia que radicó Norma Calismonte, ex esposa del empresario condenado Lázaro Báez, contra la abogada de su ex marido por supuesta defraudación, indicaron a Infobae fuentes judiciales. Puntualmente, Calismonte acusó a la abogada Elisabeth Gasaro de quedarse con plata que le correspondía a ella tras el divorcio. Habló de delitos como asociación ilícita, defraudación por administración fraudulenta y defraudación por desbaratamiento.
Lázaro Báez era amigo de Néstor Kirchner y director de Austral Construcciones, empresa a la que se le asignaron 51 obras en Santa Cruz entre 2003 y 2015. La empresa había sido creada a días de la llegada del kirchnerismo al Gobierno Nacional. Precisamente, la ex presidenta Cristina Kirchner, sus ex funcionarios y Lázaro Báez terminaron condenados por defraudación a la administración pública, una sentencia que comenzó a ser revisada por Casación esta semana.
Báez no solo está condenado por la causa Vialidad sino también por la ruta del dinero k. Ahora también está siendo juzgado por el capitulo de la compra del campo “El Entrevero”. En las últimas horas el Tribunal Oral Federal 4 rechazó el pedido que había hecho la defensa de Lázaro Báez para obtener su libertad.
Calismonte fue la esposa de Lázaro y madre de sus cuatro hijos, dos de ellos condenados junto a su padre en la causa por la causa conocida como ruta del dinero. Las hijas, en tanto, llegaron al juicio oral pero la Cámara de Casación las absolvió. El matrimonio se disolvió en noviembre de 2015. Lázaro Báez quedó preso en abril de 2016.
Calismonte denunció a Gasaro, que fue una de las abogada de su ex pareja. Gasaro había sido la apoderada de Báez desde 2017 y que era quien le pagaba la manutención acordada. La ex mujer de Báez aseguró que durante mucho tiempo la abogada le entregaba dinero en forma irregular y discontinuada. También afirmó que nunca supo de dónde provenían los fondos y que tenía sospechas de que se habían realizado desvíos de dinero puesto que la abogada y su hermano habrían ampliado su patrimonio y constituyeron sociedades.

El 5 de octubre de 2021, el juzgado nacional en lo criminal y correccional numero 29, que recibió la causa, consideró que los hechos denunciados por Calismonte podrían gravitar en posibles desvíos de dinero que afectasen más que el patrimonio de la sociedad conyugal disuelta.
Concretamente, señaló que podría haber alcanzado a los fondos del Estado Nacional que se pretenden recuperar en el marco de las causas seguidas contra Báez ante la justicia federal. Precisó que una firma a cargo de Gasaro tendría el mismo domicilio que la empresa Austral Construcciones. Por ello, consideró que los actos de insolvencia denunciados podrían tener como objeto bienes y valores que constituyeran materia de investigación ante ese fuero. En consecuencia, tras concluir que existiría una íntima vinculación de procesos que determinaban su investigación en conjunto, se declaró incompetente a favor de la justicia federal.
El expediente recayó en el juzgado de Sebastián Casanello, que instruyó la causa por la ruta del dinero k contra Lázaro Báez. Casanello rechazó la atribución de competencia por considerarla prematura. Sostuvo que el juzgado nacional no había realizado investigación alguna que permitiera conocer el objeto del proceso. Además, señaló que no se verificaba en el caso la supuesta vinculación con las causas a su cargo, ya que no existían coincidencias de maniobras, ni identidad de sociedades, ni concordancia en las fechas. Por lo tanto, el 21 de diciembre de 2021 devolvió el caso a la justicia nacional.
Tras ello, el juzgado nacional elevó el conflicto de competencia a la Corte. La Procuración General opinó que la denuncia formulada presenta términos vagos e imprecisos. Señaló que se afirma allí categóricamente que Gasaro y su hermano habrían perjudicado el patrimonio de la sociedad conyugal para evitar el recupero de activos, pero no consta que se hayan realizado las diligencias de verificación para esclarecer además las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que habrían ocurrido los hechos denunciados, máxime cuando las respuestas brindadas por Calismonte al ratificar su denuncia tampoco contribuyeron a esclarecer esos aspectos.
El dictamen agregó que la denunciante señaló que no conoce con exactitud qué tipo de relación vinculaba a Gasaro con Báez ni en qué fechas concretas habría sido ella su apoderada.
También declaró que no hubo división de bienes de la sociedad conyugal en virtud de una relación de confianza que la unía a su exesposo, e inclusive que las presuntas operaciones de desvío de dinero en perjuicio del acervo conyugal habrían obedecido a meras sospechas.
En esa línea, el tribunal concluyó que corresponde que la justicia nacional ordinaria profundice la investigación para esclarecer los hechos y delimitar adecuadamente el objeto del proceso. La Corte acompañó la decisión.
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