
La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, se presentó hoy a la mañana en los tribunales federales de Comodoro Py para defender la legalidad del “protocolo antipiquetes” que implementó al inicio del gobierno de Javier Milei para evitar los cortes de calles durante las marchas y protestas. Lo hizo en un audiencia que convocó el juez federal Sebastián Casanello en una causa en la que la legisladora de izquierda de la ciudad de Buenos Aires Celeste Fierro reclama su inconstitucionalidad. El encuentro duró dos horas y media y pasó a un cuarto intermedio hasta el miércoles de la semana que viene cuando se reanude.
Bullrich llegó a los tribunales cerca de las 11 horas y se retiró durante la audiencia para asistir en Casa Rosada a una conferencia de prensa junto con el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, para dar detalles sobre una causa intermediaciones de organizaciones sociales en la provincia de Chaco.
Por su parte, la izquierda acompañó la audiencia con una manifestación en la puerta de los tribunales de Comodoro Py junto con organizaciones sociales en la que reclamaron la inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes. “Protestar es un derecho. No un delito”, decían algunos de los carteles que llevaron dirigentes de izquierda como Vilma Ripoll y Alejandro Bodart, entre otros.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que de la audiencia participaron Fierro y su abogada Mariana Chiacchio y por parte del ministerio Bullrich y tres abogados, entre ellos Fernando Soto, director nacional de normativa y enlace judicial. Además del juez Casanello y la fiscal Paloma Ochoa.
En la audiencia hablaron Fierro y Bullrich, además de los abogados, y cada parte mantuvo su postura. Fierro reiteró que el protocolo cercena derechos humanos y Bullrich defendió su legalidad. Luego se comenzó a analizar cada artículo del protocolo y ante la extensión el juez Casanello resolvió pasar a un cuarto intermedio para continuar con la audiencia el miércoles próximo a las 11 horas. Tanto el juez como la fiscal le preguntaron a los representantes del ministerio de Seguridad sobre aspectos de la aplicación del protocolo.

La audiencia se enmarca en la presentación que hizo Fierro en busca de que se suspenda el protocolo por entender que se están vulnerando derechos y garantías en la movilización. Pidió la inconstitucionalidad del procedimiento y una cautelar que frene su aplicación. El Protocolo comenzó a regir el 14 de diciembre pasado, cuatro días después de la asunción de Milei como presidente y de Bullrich como ministra de Seguridad.
La demanda se presentó en la justicia electoral y de ahí pasó a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Un juez de ese fuero se declaró incompetente y ordenó enviarla a la justicia criminal nacional, pero ese juez también lo rechazó. Pulseada mediante, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que el caso era de Comodoro Py, donde por sorteo le tocó al juez Casanello.
A pedido de Casanello, el ministerio defendió en un escrito las medidas: se sostuvo que esa normativa se dictó “por la urgencia de la situación” y “la confusión introducida por una actitud pasiva sostenida durante mucho tiempo por las autoridades frente al desorden en la vía pública”. Y se agregó: “ha derivado en una situación insoportable para la población que sufre esos actos ilícitos, en desmedro de su trabajo y de su calidad de vida”. También dijo que “el ejercicio de un derecho no puede servir para cometer actos ilícitos” y afirmó que si se hiciera lugar al reclamo la Justicia “se estaría entrometiendo en las competencias constitucionales e institucionales propias del Poder Ejecutivo”.

Pero la semana pasada, el juez Casanello exhortó al Ministerio de Seguridad que ajuste el accionar de las fuerzas de seguridad a los límites fijados por la Constitución Nacional en el marco del protocolo antipiquetes. Subrayó que las fuerzas de seguridad tienen un rol de auxiliares del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal y que sólo excepcionalmente, y en función de una habilitación legal, pueden detener cuando haya razones de urgencia, y al sólo efecto de llevar a las personas ante un juez.
En ese contexto, la realización de diligencias urgentes, dijo Casanello, no puede ser aprovechado “como excusa para incumplir con la inmediata consulta a la autoridad judicial”. Además, se debe respetar la razonabilidad que atañe a todos los actos del Estado: “La utilización de la violencia debe ser el último recurso y debe incluir un test de proporcionalidad que tenga en cuenta los derechos y libertades conculcadas”.
El magistrado le dio a la causa el status de habeas corpus, lo que fue apelado por el Ministerio de Seguridad para que la Cámara Federal revise esa decisión por entender que el caso no encuadra en ese tipo de presentación.
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