
La jueza electoral nacional, María Servini, rechazó hoy un amparo para que los cinco candidatos a presidente de la Nación que competirán el domingo- Javier Milei, Patricia Bullrich, Sergio Massa, Juan Schiaretti, y Myriam Bregman- se sometan a un examen físico y mental que corrobore que están en condiciones de ocupar el cargo de jefe de Estado.
“Se encuentra fuera del alcance de este Tribunal la imposición de requisitos, normas, evaluaciones y/o procedimientos no previstos en la Constitución Nacional y en la legislación electoral vigente mediante los cuales quienes se postulan al cargo de Presidente de la Nación deban perseguir y cumplir a efectos de materializar ese objetivo”, sostuvo la magistrada en su resolución a la que accedió Infobae.
Servini resolvió, en el mismo sentido, lo que había dictaminado el fiscal electoral, Ramiro González, quien había dicho que ese tipo de estudios no forman parte de los requisitos que la Constitución Nacional establece para llegar a la Casa Rosada y que, además, todas las postulaciones ya están oficializadas y que venció el plazo para presentar impugnaciones.
A pesar que no es obligatorio, públicamente Sergio Massa propuso que los candidatos que pasen a la segunda vuelta, en caso que haya esa instancia, se someten voluntariamente a un examen físico y mental. Consultado en una entrevista sobre el tema, Milei dijo que estaba dispuesto a hacerlo.
La causa la inició María Valeria Viglianchino, una ciudadana de la localidad bonaerense de Mar Chiquita que presentó un amparo colectivo en esa calidad. Reclamó que se obligue a los cinco candidatos a presidente de la Nación a someterse a un examen físico y mental que determinen su idoneidad para ocupar el cargo. Explicó que lo contrario sería una “una conducta ilegal y arbitraria” ya que el artículo 16 de la Constitución Nacional establece que todos los ciudadanos “son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad” y que los empleados públicos tienen que hacerse ese tipo de estudios, por lo que no puede ser menos para quien aspira a ocupar el cargo más relevante del país.
La mujer explicó que un presidente toma decisiones que afectan el “patrimonio, la salud y la vida del conjunto de los argentinos” por lo que es un derecho de la ciudadanía saber si están en condiciones de hacerlo. Propuso que los exámenes se realicen en una institución pública y que si uno de ellos no se encuentra apto y es electo el Senado de la Nación que se abstenga de tomarle juramento y que se lo inhabilite para ocupar el cargo.

La jueza Servini señaló en primer término que la ciudadana no estaba legitimada para presentar la acción en representación de todos los ciudadanos del país. “La actora no puede arrogarse la representación de los ciudadanos de este país, toda vez que no puede desprenderse de tal situación que los eventuales damnificados vean su derecho subjetivo conculcado por la situación que describe en su escrito de inicio”, dijo la magistrada.
Servini explicó también que el artículo 89 de la Constitución Nacional establece cuáles son los requisitos para ser candidato a presidente o vicepresidente: “haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador”. Y para ser senador los requisitos son los de “tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuerte o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella”.
Así, los exámenes psicofísicos no son obligatorios ni se les puede imponer a un candidato. “Es por ello, que exigir a los referidos candidatos que acrediten y se sometan a exámenes de aptitud psicofísica en instituciones públicas resulta improcedente, en ausencia de una regulación normativa que así lo establezca”, concluyó Servini.
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