
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado hasta los 21 años y tres meses de prisión la condena a Youssef J. por el asesinato machista de su esposa Zhour B. en su vivienda de la calle Galera, en el barrio de Pescadería de Almería, delante de sus hijos: dos menores de 9 y 8 años de edad y el bebé de apenas cuatro meses que la mujer sostenía en el momento del crimen, en agosto de 2023.
El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso de apelación de la defensa y retira la agravante de ensañamiento puesto que si bien observa una "brutalidad" en el ataque que la mujer sufrió al morir acuchillada, considera que todas las lesiones iban encaminadas a causar su muerte pero no a aumentar el sufrimiento de la mujer.
La Sala de Apelación, que rebaja en un año y tres meses la pena de prisión original, incide en la "reiteración instantánea" y no "diferenciada en el tiempo" de los ataques mortales que fueron dirigidos a la misma zona del cuello. "No produce más dolor a la víctima, aunque sí más horror para el testigo, una decapitación o un ataque con arma blanca en el cuello que una puñalada en otras zonas del cuerpo como la cara o el mismo tórax", expone el tribunal.
Se adhiere a la tesis de la defensa al considera que las cuatro cuchilladas que recibió la mujer, "por más que revelen cierto apasionamiento o brutalidad en el ataque", pueden "perfectamente concebirse" como ataques "dirigidos a obtener la inmediatez de la muerte" y no para aumentar el sufrimiento.
Con ello, reitera que la cuatro puñaladas fueron "en el mismo lugar", "inmediatas en el tiempo" y características de un "ataque homicida", más allá de que se produjera un "exceso de brutalidad que hiere los sentidos de quien contempla la escena, pero no un ánimo frío de hacer sufrir más a quien se ha decidido matar".
El hombre fue condenado por un delito de asesinato con las agravantes de género y parentesco tras el veredicto unánime de un tribunal de jurado, el cual señaló que el acusado e había obsesionado con que la víctima "le era infiel", "le iba a denunciar para quedarse con la casa" y "lo iba a meter en prisión", lo que le llevó a degollarla en la cocina cuando ella le daba el biberón a su bebé.
La sentencia recoge que, debido a sus obsesiones, durante los últimos meses de convivencia el acusado había conminado a la mujer a que "cerrara las ventanas de la casa", toda vez que le "prohibió abrirlas". Tampoco habló de existencia de la su mujer con su jefe, lo que el tribunal advirtió como una señal de "manifestación de desprecio a su condición de mujer".
Así, en la tarde del 7 de agosto de 2023 cuando la mujer estaba en la cocina dando de comer a su bebé, el hombre entró en la estancia y agarró un cuchillo de 23 centímetros con el que "de forma repentina e inesperada" la degolló. La víctima no tuvo "posibilidad de defensa o reacción alguna" al no esperar el ataque.
La situación hizo que fueran los hijos pequeños de la pareja los que salieran corriendo de casa para solicitar ayuda a los vecinos, quienes alertaron a los servicios de emergencia. La Policía Nacional, al llegar a la vivienda, encontró al acusado con el bebé en brazos, el cual entregó a los agentes antes de ser arrestado.
El jurado rechazó aplicar algún tipo de atenuante por confesión pese a que el hombre --que en el juicio indicó no recordar nada de lo sucedido-- se atribuyó la autoría del crimen, ya que durante la investigación no se mostró colaborativo, toda vez que su confesión "no aportó nada significativo" al ser sorprendido en el lugar del crimen con restos de sangre y junto al cuerpo de la víctima.
La sentencia de origen también fijaba una indemnización de 600.000 euros para los tres hijos de la víctima así como otra de 100.00 euros para los padres de la mujer. En este sentido, estima el "inmenso dolor" sufrido ante una pérdida "de difícil cálculo e irreparable".
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