UPF ve un "giro constitucionalmente letal" en la sentencia a García Ortiz: "Ya no se condena porque algo esté probado"

Fiscales advierten que la reciente condena del Supremo marca una peligrosa inversión en el criterio jurídico al exigir al acusado probar su inocencia, lo que, según la UPF, pone en peligro la presunción de inocencia y las garantías constitucionales

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La Unión Progresista de Fiscales (UPF), en su análisis sobre la reciente sentencia del Tribunal Supremo contra Álvaro García Ortiz, resaltó que la resolución judicial reconoció la existencia de dudas razonables en torno a la autoría de la presunta filtración, elemento central del caso. Según consignó el medio, la asociación expresó que, pese a ese reconocimiento, el tribunal aplicó un razonamiento que invierte de forma encubierta la carga de la prueba y podría tener consecuencias para las garantías constitucionales en los procedimientos penales.

Según publicó el medio, la UPF criticó el hecho de que el fallo condenatorio se notificara antes de contar con una argumentación escrita, lo que la organización consideró un “error institucional de enorme gravedad”. Este proceder, advirtieron los fiscales, puede dar pie a la percepción de que la condena se decidió sin una deliberación adecuada, percepción que cobra especial relevancia considerando que la decisión contó con un margen estrecho dentro del tribunal: cinco magistrados votaron a favor de la condena y dos de la absolución.

En el comunicado difundido tras conocerse la sentencia, la UPF fundamentó sus inquietudes en el razonamiento seguido por la mayoría del Supremo. De acuerdo con lo reportado, la condena se sustentó en la presunta filtración de una información cuya autoría no se pudo probar fehacientemente y en la redacción, por parte del acusado, de una nota informativa posteriormente publicada. Para la asociación, unificar estas dos actuaciones como una sola conducta delictiva distorsiona los hechos y amplifica el impacto del fallo tanto para el acusado como para el sistema de garantías procesales.

El medio detalló que, de acuerdo con la UPF, la sentencia abandona el principio penal de certeza plena más allá de toda duda razonable y lo reemplaza por la falta de una explicación alternativa suficientemente convincente a la propuesta por la acusación. Según el comunicado, este cambio exige que la defensa proporcione una hipótesis alternativa con el mismo grado de solidez que la acusación. “Ya no se condena porque algo esté probado, se condena porque lo contrario no resulta suficientemente convincente”, afirmó la asociación en su comunicado, subrayando el riesgo que supone este planteamiento para la presunción de inocencia.

Según remarcó el medio, la UPF señaló que tal razonamiento traslada al acusado la responsabilidad de demostrar su inocencia, cuando la Constitución española establece que quien debe probar la acusación es la parte acusadora y “el acusado no tiene que demostrar nada”. De acuerdo con la organización, esta alteración del principio procesal puede minar significativamente las garantías judiciales protegidas por la Carta Magna y afectaría gravemente la protección de cualquier persona sometida a un proceso penal.

El comunicado recogido por los medios subraya que el razonamiento evidenciado en la sentencia desplaza el estándar tradicional de prueba en el proceso penal, sustituyéndolo por la mera eliminación de alternativas sin acreditar más allá de duda razonable la autoría de los hechos. Para la UPF, el método mantuvo que, si la defensa no consigue construir una explicación alternativa igualmente plausible, la hipótesis de la acusación se asume como probada. La asociación señala que esto constituye una forma de argumentación circular que se aleja de los principios de la justicia penal basada en garantías.

El medio también recogió la preocupación de la UPF respecto a la proyección de esta sentencia más allá del caso concreto de García Ortiz. La asociación se preguntó hasta qué punto bajo este nuevo criterio puede asegurarse a cualquier persona procesada un juicio justo e imparcial. Alertaron que la función del sistema judicial se ve comprometida si la imparcialidad no solo deja de cumplirse, sino que también deja de proyectarse ante la ciudadanía. Según se reproduce en el comunicado, la pérdida de confianza pública en la justicia conlleva la desprotección del individuo frente al poder sancionador del Estado.

Respecto a los antecedentes de la causa, la UPF explicó, según publicó el medio, que el caso surgió en relación con la publicación de una nota institucional creada con el fin de desmentir informaciones que, según la asociación, dañaban la imagen de una institución constitucional. Para la organización, tanto la trascendencia institucional de los hechos como el impacto sobre la función pública trasladaban al tribunal la exigencia de máxima fundamentación y reflexión al tomar una decisión tan relevante.

En alusión al proceso seguido en el Supremo, los fiscales subrayaron el hecho de que la sentencia se adoptara por un margen estrecho de votos, lo que reflejaba discrepancias interpretativas entre los magistrados. Según detalló el medio, la UPF puso en valor la existencia de debate interno y diversidad de opiniones, considerando que el contraste y la crítica jurídica son esenciales para el funcionamiento democrático e institucional de la justicia.

La información recogida por el medio indica que la asociación finalizó su comunicado insistiendo en que la administración de justicia, como pilar fundamental del Estado constitucional, debe operar bajo los más altos estándares de garantía para la protección de los derechos de la ciudadanía. La UPF instó a la población a exigir el respeto de las garantías en cualquier proceso penal y recordó que la confianza pública en la labor de los tribunales constituye la verdadera medida de la protección efectiva ante el sistema judicial. En palabras reproducidas por el medio, “cuando la confianza en la Justicia se resquebraja, el ciudadano queda solo frente al poder punitivo del Estado”, insistiendo en la importancia de la tutela de los derechos procesales para garantizar la efectividad de la justicia y la defensa de los derechos fundamentales.