
Una de las consideraciones destacadas del fallo judicial fue que no se acreditó que ninguna mujer tuviera impedimentos para acceder a la clínica de interrupción del embarazo en Vitoria-Gasteiz durante las concentraciones de los acusados entre septiembre y noviembre de 2022. Según informó el medio ElDiario.es, el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz resolvió absolver del delito de coacciones a las veintiuna personas investigadas por manifestarse ante esa clínica de la capital alavesa.
El fallo del tribunal, consignado por ElDiario.es, especificó que la conducta desplegada por los acusados no implicó actos intimidatorios ni obstruccionistas hacia trabajadoras, usuarias o personas transeúntes. La jueza declaró que la prueba recabada durante el juicio permitió descartar por completo la existencia de hostigamiento, tanto de tipo ambiental como de cualquier otra índole, por parte de los procesados. Los hechos ocurrieron en diferentes tardes entre el 28 de septiembre y el 6 de noviembre del año mencionado.
El tribunal consideró acreditado que los participantes acudieron en pequeños grupos, nunca superiores a cinco personas, a la acera ubicada frente a la clínica, posicionándose en diagonal y a una distancia de entre 15 y 30 metros del edificio. Las actividades se limitaron a rezos, tanto en silencio como en voz alta. La sentencia especifica que, incluso cuando elevaban la voz, esas oraciones no podían oírse desde el interior del centro médico.
Según reportó ElDiario.es, varios manifestantes portaban carteles de tamaño "dina 4" con mensajes como “no estás sola”, “estamos aquí para ayudarte” y “rezamos por ti”. No se constató que se distribuyeran folletos, se realizaran aspavientos, o se exhibieran imágenes relativas a fetos o abortos, ni se pronunciaron eslóganes ofensivos durante los encuentros. Además, la sentencia subraya que no existió proselitismo ni se dirigieron individualmente a las mujeres que intentaban acceder al centro.
Las concentraciones habían sido organizadas por el colectivo “40 días por la vida” y notificadas a las autoridades competentes, informó ElDiario.es. No consta que las reuniones fueran desautorizadas, aunque, ante la denuncia, distintos juzgados impusieron medidas cautelares para delimitar la distancia mínima de los manifestantes respecto a la entrada de la clínica.
La jueza enfatizó que no existieron comportamientos considerados coactivos: ninguna persona fue abordada, increpada, ni sufrió agresión verbal o física. El tribunal descartó la existencia de cadenas humanas o situaciones que impidieran el paso de mujeres, trabajadores o suministros. También detalló que no se cortaron accesos ni se vivieron episodios de violencia durante las protestas.
En la valoración de las pruebas, el juzgado señaló que las acusaciones no ofrecieron el testimonio de usuarias que hubieran visto mermado o anulado su derecho a la interrupción del embarazo por esas acciones. Tampoco se entregaron registros que vincularan la suspensión de citas en la clínica con la presencia de los manifestantes. El tribunal considera probado que la única conducta fue la de rezar y exhibir mensajes de ayuda, sin constatarse ofensas o actos susceptibles de perjudicar a potenciales víctimas.
La sentencia agrega que ningún hecho cometido por los acusados puede considerarse una acción destinada a restringir el libre ejercicio de los derechos de las mujeres. No se ha acreditado que los participantes hayan realizado proclamas amenazantes, gestos intimidatorios ni medidas para obstaculizar el acceso o tránsito en la acera frente a la clínica.
Según consignó ElDiario.es, la jueza reiteró que los manifestantes conservaron un comportamiento correcto y educado con las personas que pasaban por la zona, así como con trabajadores y usuarias de la clínica, sin interrumpir el paso ni incurrir en actos que pudieran ser interpretados como hostiles o violentos.
El fallo determina que esta resolución judicial aún no es firme, por lo que podrá ser impugnada ante la Audiencia Provincial de Álava. De acuerdo con ElDiario.es, esta causa se enmarca en un contexto de creciente debate social y legal sobre los límites de las manifestaciones frente a las clínicas acreditadas para la interrupción voluntaria del embarazo en el Estado español.
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