Ábalos no ha pedido el voto telemático para esta semana y el Congreso sigue esperando al Supremo para suspenderlo

El exministro socialista continúa privado de libertad en Soto del Real sin haber presentado solicitudes para votar a distancia, mientras la Cámara baja aguarda una resolución definitiva del Tribunal Supremo sobre su estatus como parlamentario, según fuentes consultadas

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La defensa de José Luis Ábalos presentó un recurso de apelación ante las medidas adoptadas por la Justicia, y ese recurso está programado para ser deliberado por el Tribunal Supremo el día 4 del mes en curso. Mientras esto ocurre, el exministro socialista continúa en prisión preventiva en Soto del Real, sin que hasta la fecha haya solicitado ejercer su derecho al voto telemático para las sesiones del Pleno de esta semana, tal como informó Europa Press. La situación mantiene en vilo a la Cámara de Diputados, a la espera de una resolución firme del Supremo sobre la situación judicial del parlamentario y su posible suspensión de funciones.

Según publicó Europa Press, la Mesa del Congreso de los Diputados comunicó a Ábalos desde la prisión que no corresponde ni a ese órgano ni al secretario general pronunciarse sobre las cuestiones vinculadas a la protección de sus derechos parlamentarios en este escenario judicial. El documento, firmado por la presidenta Francina Armengol, le recuerda que la Presidencia debe velar por los derechos y prerrogativas de la Cámara y de sus miembros según lo establece el artículo 12 del Reglamento. Dicho precepto otorga inmunidad a los diputados durante su mandato y limita la detención solo a casos de delito flagrante, además de exigir autorización de la Cámara para cualquier procesamiento judicial.

El medio Europa Press detalló que el juez Leopoldo Puente decretó la prisión preventiva de Ábalos el 28 de noviembre, tras lo cual la Presidencia del Congreso remitió una comunicación al Tribunal Supremo para acreditar la entrada en prisión del diputado y así activar el proceso de suspensión de sus funciones parlamentarias. El Supremo confirmó la prisión provisional, comunicada y sin fianza, aunque aclaró que esta medida no es definitiva, pues la defensa interpuso recurso de apelación pendiente de resolución.

Mientras se resuelve ese recurso, y según consignan fuentes parlamentarias a Europa Press, Ábalos mantiene de pleno derecho todas sus prerrogativas como diputado. Las mismas fuentes señalan que, a pesar de su detención y encarcelamiento, el exministro no ha formalizado petición alguna para ejercer el voto telemático ante el Pleno más próximo. Según los criterios interpretados por el Congreso, referidos por Europa Press, el Reglamento no incluye una previsión clara que habilite el voto telemático desde prisión, aunque se prevé que los servicios jurídicos de la Cámara puedan adoptar una posición definitiva sobre estos casos en el futuro.

El artículo 21 del Reglamento especifica que los diputados deberán quedar suspendidos en el ejercicio de sus derechos y deberes parlamentarios, siempre que su situación procesal derive en prisión preventiva y exista decisión judicial firme, tras la correspondiente autorización a través del suplicatorio. Europa Press reportó que la Mesa del Congreso está en disposición de aplicar este precepto una vez que el Tribunal Supremo resuelva sobre la firmeza del auto judicial, medida que de momento permanece en suspenso hasta que la sentencia adquiera carácter definitivo.

Europa Press también recogió que, desde prisión, Ábalos remitió escritos a la Mesa del Congreso solicitando explicaciones sobre la protección de sus derechos parlamentarios durante el proceso y cuestionando la supuesta falta de información sobre resoluciones y sentencias afectantes a su causa, aspecto que relacionó con el artículo 14.1 del Reglamento de la Cámara. El diputado planteó en ese contexto la posibilidad de que la Mesa hubiese estado al tanto de su detención antes de que ocurriera. En sus respuestas, la Mesa subrayó que ni ese órgano ni el secretario general están encargados de las obligaciones invocadas por Ábalos y que sus actuaciones se han ceñido al marco de la normativa parlamentaria, evitando pronunciarse sobre el fondo de sus reclamaciones.

De acuerdo con información difundida por Europa Press, la actuación institucional en esta situación obedece a los plazos propios del procedimiento judicial y a la espera de los recursos pendientes ante el Supremo, de modo que no se ha ejecutado ninguna medida definitiva desde el Congreso referente al estatuto de Ábalos como diputado. Las respuestas que la Presidencia y la Mesa han venido trasladando al exministro reflejan que, hasta tanto no exista una resolución firme, su situación legal y parlamentaria sigue igual, a la espera de dictámenes posteriores según evolucione el proceso.

La interlocución entre la Presidencia del Congreso y el Tribunal Supremo ha sido constante desde el ingreso en prisión de Ábalos, según ha podido saber Europa Press. Paralelamente, el propio diputado ha mantenido activa la vía de los escritos y las solicitudes formales, como parte de su estrategia de defensa y de reivindicación de derechos ante la Cámara que aún integra formalmente. Este procedimiento y la posición mantenida por los órganos parlamentarios demuestran un seguimiento riguroso de los cauces reglamentarios y legales, siendo la resolución del Supremo el paso clave para que pueda modificarse cualquier aspecto del estatus de Ábalos en la Cámara.

Hasta que el Tribunal Supremo resuelva el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Ábalos y esa resolución tenga carácter firme, el Congreso no procederá a aplicar la suspensión establecida en el artículo 21 del Reglamento parlamentario. Esta dinámica ha dejado en suspenso las eventuales medidas administrativas que afecten a los derechos y deberes del exministro como parlamentario, mientras sus escritos y reclamaciones siguen recibiendo respuesta dentro del encuadre institucional definido por las normas internas de la Cámara, de acuerdo con Europa Press.

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