Presunto parricida de Sota de Valderrueda (León): "Soy consciente de que he sido yo en el estado en el que estaba"

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El juicio contra el presunto parricida de la Sota de Valderrueda (León) ha afrontado este martes su segunda jornada con las declaraciones de los forenses y del propio acusado, que ha manifestado: "Asumo los hechos ocurridos que se enjuician. Soy consciente de que he sido yo en el estado en el que estaba".

"Los hechos así lo dicen y estoy detenido por ello", ha agregado, al mismo tiempo que ha sostenido en todo momento que la ingesta de alcohol "se fue de las manos completamente" y fue "altísima" antes de producirse la agresión. "Simplemente no identificaba lo que estaba haciendo ni me creo los hechos que me imputan hasta semanas después", ha puntualizado.

El presunto autor de la agresión que tuvo lugar el 29 de diciembre de 2023 y que supuso la muerte de la víctima (su padre) el 2 de enero de 2024 ha expresado sobre las afirmaciones de sus hermanos en las que aseguraban que él mismo había dicho meses antes y el propio día de los hechos que "era hora de dar paso a las nuevas generaciones", que dichas declaraciones "no tienen pies ni cabeza".

También ha negado que mantuviera deudas o problemas con su padre y ha insistido en que dice la verdad. "Soy consciente de la muerte de mi padre. No me interesa adornar ni mentir", ha apostillado.

El acusado ha hecho uso de la última palabra para asumir los hechos y "aclarar" que, tras la exposición del caso por parte de forenses y abogados, "parece mucho más de lo que en realidad ha sido". "Yo soy culpable; claro que soy culpable de provocar la muerte por golpes a mi propio padre, sin ningún motivo, por la ingesta extremada de alcohol, una intoxicación etílica, es tan simple como eso", ha concluido.

UNA PERSONA "MUY VULNERABLE"

Los forenses encargados de la autopsia han relatado que la víctima presentaba antes de los hechos una pluripatología crónica "importante", ya que padecía una enfermedad crónica pulmonar a causa de su actividad laboral en la minería derivada en una insuficiencia respiratoria crónica que le obligaba a permanecer 16 horas diarias "enchufado" a una máquina. A ello se sumaba la diabetes, una cardiopatía hipertensiva y una patología degenerativa lumbar que le obligaba a deambular con muletas, lo que le hacía una persona "muy vulnerable" para afrontar la vida diaria.

En cuanto a la situación del acusado en el momento de los hechos, han explicado que, a pesar de haber ingerido alcohol, no presentaba una intoxicación y "sabía las consecuencias de lo que hacía", ya que fue capaz de agredir a dos personas y de conducir su vehículo, lo cual resulta "incompatible" con las fases de la exposición al alcohol en las que las capacidades volitivas se ven mermadas.

Respecto a la causa del fallecimiento de la víctima, han sostenido que se derivó del traumatismo craneoencefálico que presentaba, cuyas características no son compatibles con una caída, sino con una fuerte agresión. Además, han detallado otras lesiones que presentaba el cuerpo, entre ellas, algunas en los brazos compatibles con actitudes de defensa.

"AMNESIA DE CONVENIENCIA"

Además, los forenses han considerado, ante de las declaraciones testificales y tras el examen realizado días después de los hechos, que no padecía ninguna enfermedad mental ni trastornos por consumo de drogas o alcohol. Por estas cuestiones, la amnesia que el presunto autor de los hechos alegó en sus declaraciones iniciales se corresponde con una "amnesia de conveniencia".

La acusación particular, en representación de los hijos y esposa de la víctima, ha mantenido la solicitud inicial de prisión permanente revisable por los hechos, además de un año de prisión por un delito de lesiones; una multa de 150.000 euros para la esposa del fallecido; 60.000 euros para cada hijo de la víctima (sus cuatro hermanos) y otros 780 euros adicionales para el hermano al que agredió en el momento de los hechos.

Además, ha incorporado a las conclusiones que la víctima era una persona que necesitaba la ayuda de otras personas para actividades cotidianas como levantarse o incorporarse y requería el suministro de oxígeno durante 16 horas al día. En su opinión, "no se puede cuestionar" la autoría de los hechos, que "se han ido confirmando" con las pruebas presentadas. A su juicio, es "indubitable" que había una premeditación y "quería acabar con la vida de su padre", así como el ensañamiento en la agresión.

MODIFICACIÓN DE CONCLUSIONES

Por su parte, el Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente 19 años de prisión por el delito de asesinato con agravante de parentesco que finalmente se modifica para requerir la pena de prisión permanente revisable. Por el delito leve de lesiones pide tres meses de multa con cuota diaria de 10 euros; para la madre del acusado se solicitan 125.000 euros; 70.000 euros para cada uno de sus cuatro hermanos; 800 euros más para el que resultó agredido y 4.606 euros para el Sacyl por la atención prestada más los intereses legales.

La Fiscalía ha modificado las conclusiones, en la misma línea que la acusación particular, para añadir que la víctima era una persona "especialmente vulnerable" que necesitaba la ayuda de otras personas para actividades cotidianas como levantarse y suministro de oxígeno durante 16 horas al día, lo que supone elevar la petición de prisión por un delito de asesinato a la de prisión permanente revisable.

Tras la declaración de los forenses y el propio acusado, el fiscal considera que ha quedado "claro" que el acusado es "plenamente imputable"; que la causa del fallecimiento fue el traumatismo craneoencefálico a causa de las lesiones, así como la situación de vulnerabilidad de la víctima. Además, ha tomado en consideración las palabras transmitidas por la víctima en el hospital el mismo día de los hechos a una de sus hijas, asegurando que el acusado, su hijo, le "quería matar".

En cuanto a la defensa, ha mantenido su petición inicial de una condena de diez años de prisión por homicidio y un mes de multa con un cuota diaria de cuatro euros. En su opinión, la víctima no era una persona de "especialmente vulnerable", por lo que no se da el supuesto previsto en el Código Penal que justifica la petición de prisión permanente revisable y ha añadido que dicha situación de vulnerabilidad "es incompatible con que marche tranquilamente de compras en el coche".