El Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha levantado la suspensión cautelar del decreto 91/2024 de régimen lingüístico del sistema educativo, tal como había solicitado Plataforma per la Llengua y la Associación d'Advocats d'Osona en Defensa dels Drets Humans.
En su resolución, consultada por Europa Press, el tribunal deja sin efecto la medida cautelar adoptada previamente por considerar que existe una sentencia definitiva susceptible de ejecución provisional y rechaza la petición de Asamblea por una Escuela Bilingüe, favorable a mantener la suspensión.
La citada sentencia previa deja sin efecto 14 artículos de la norma, pero mantiene la vigencia de otros y, al respecto, la sala estima la petición de modificación de la medida cautelar "pues la actuación administrativa ya ha sido revisada, sin perjuicio de que la parte favorecida por la sentencia pueda interesar la ejecución provisional".
"En caso de hacer un nuevo pronunciamiento sobre las medidas cautelares estaríamos revisando por segunda vez la actuación administrativa que ya ha sido resuelta por nuestra sentencia, obviando el contenido de la misma, que anuló parcialmente la actuación impugnada", afirma la sala.
En este sentido, Plataforma per la Llengua ha reclamado a la consellera de Educación y Formación Profesional, Esther Niubó, que aplique la norma: "Aunque en septiembre el TSJC anuló 14 artículos, el resto del decreto ya entra en vigor e incluye artículos que fijan que se puede sancionar a los docentes que no cumplan el proyecto lingüístico de centro o que los nuevos docentes deben acreditar un nivel C de catalán", indica en un comunicado.
La entidad solicitó al tribunal el mes pasado, dado que ya había emitido sentencia sobre el decreto, que levantara las medidas cautelares sobre los artículos que no había anulado.
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