
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una pena de cuatro años y tres meses de prisión para un hombre que agredió sexualmente a otro, al que conocía de vista de pedir limosna, al que invitó a tomar una cerveza en su casa-cueva de Almería donde le forzó a mantener relaciones.
El fallo del alto tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación impulsado por la defensa del condenado, al que le impone una orden de incomunicación y alejamiento de 300 metros respecto a la víctima a la que deberá de indemnizar con 6.000 euros así como seis años de libertad vigilada, entre otras penas accesorias.
La Sala de Apelación considera que la agresión sexual quedó plenamente demostrada a partir del relato de la víctima, que acudió a denunciar los hechos ante la Policía Nacional nada más conseguir abandonar el domicilio del acusado, quien defendió, por su parte, que se trataban de relaciones sexuales "consentidas".
Los hechos tuvieron lugar a partir de las 20,00 horas el 23 de noviembre de 2021 cuando la víctima se topó con el procesado, el cual le invitó a tomar una cerveza en su vivienda. El perjudicado, quien lo conocía de vista, accedió a ir con él.
Fue una vez en la residencia del procesado cuando este, "sin mediar palabra", se "abalanzó" sobre la víctima y la "tumbó" en el sofá pese a su oposición a mantener relaciones. Según la sentencia de origen, la víctima fue inmovilizada y aprisionada por el acusado, quien le obligó a practicar sexo.
El tribunal atribuyó un alto grado de "verosimilitud" y "contundencia" al testimonio de la víctima, que coincidió con el que mostró en sede policial y judicial anteriormente, lo que se une a la "prontitud" con la que denunció los hechos nada más salir de la cueva donde estos ocurrieron.
Asimismo, apreció la "inexistencia de cualquier intencionalidad espuria" a la hora de denunciar al acusado. De hecho, ambos coincidieron en que "solo se conocían de vista". En esta misma línea, la Audiencia descartó que el denunciante pudiera haber actuado "con una afán de enriquecimiento" pues "es obvio que este carece de patrimonio y de ingresos regulares".
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