El juzgado de Ourense suspende la moción de censura de Manzaneda por causas de "nulidad" a petición del alcalde

Guardar

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense ha aceptado la medida cautelar urgente solicitada por el alcalde de Manzaneda, Amable Fernández, y ha suspendido la tramitación de la moción de censura, que debería celebrarse este miércoles, al poder existir causas de nulidad.

En concreto, en este municipio ourensano, el PP impulsó, junto a dos concejales ahora no adscritos que habían concurrido bajo las listas del PSOE a las municipales, una moción de censura contra el regidor socialista con el objetivo de que el popular Pedro Yáñez se haga con el bastón de mando.

En un auto con fecha de este martes, consultado por Europa Press, el juzgado da un plazo de tres días al ayuntamiento y al secretario para que formulen las alegaciones que estimen procedentes, con la advertencia de que, de no hacer ninguna manifestación, se mantendrá lo resuelto en este auto sin necesidad de dictar nueva resolución.

Al respecto, en un comunicado, el PSOE de Ourense explica que el actual regidor del municipio presentó hace unos días una solicitud de medidas cautelarísimas al apreciarse numerosas "irregularidades" en la presentación de la moción de censura en Manzaneda.

El PSOE provincial señala que, en el recurso, el alcalde señaló que la moción presentada el pasado 15 de octubre fue certificada por el secretario alegando que cumpliría con los requisitos legales exigidos y permitía la celebración automática del pleno, sin tener en cuenta dichas irregularidades.

El regidor alegó que se tuvo constancia de que "de los cuatro concejales firmantes, solo dos comparecieron de forma presencial ante el secretario para autentificar sus firmas, siendo los otros dos testimoniados sin la presencia física, ni la autenticación notarial, según las manifestaciones del propio secretario", que "no puede autentificar dos firmas que no presenció".

En el mismo escrito también recoge que el secretario "reconoció expresamente que solo dos de los firmantes comparecieron, vulernándose así el artículo 197.1 a) de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, que exige la autentificación de todas las firmas por notario o por el secretario".

En la solicitud, conforme apunta el PSOE, se incide en que la notificación de la moción de censura "es totalmente defectuosa y claramente limita el acceso a la información, dado que el mismo día en el que se presentó, el secretario procedió a notificar a los miembros del pleno "única y exclusivamente la convocatoria de la correspondiente sesión, sin adjuntar el texto íntegro de la moción".

Además, considera que en la convocatoria del pleno "tiene origen un acto nulo de pleno derecho 'Ab initio', que ocasionaría un "perjuicio irreparable al cargo y a la institución municipal".

La ejecutiva provincial del PSOE de Ourense ha celebrado que el juzgado acepte la medida cautelar urgente solicitada por el PSOE y ha reafirmado que "las irregularidades en la presentación de la moción de censura eran notorias, puesto que debe acreditarse correctamente las firmas de los firmantes, bien ante el secretario o bien ante notario, algo que no ocurrió con dos de los concejales".

Los socialistas explican que "quedan ahora a la espera de nuevos acontecimientos" y que "esperan que los tránsfugas entreguen sus actas y renuncien como ediles" o que el "PP se retracte".