Fiscalía aludió a Sánchez Camacho y la 'Operación Cataluña' para oponerse a investigar a Cerdán por mentir en el Senado

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La Fiscalía se opuso a que el Juzgado de Instrucción Número 24 de Madrid admitiera la querella presentada por Hazte Oír contra el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán por un presunto delito de falso testimonio por mentir sobre su relación con el ex asesor ministerial Koldo García en la comisión de investigación del Senado, poniendo como ejemplo la intervención parlamentaria de la ex dirigente de PP Alicia Sánchez Camacho sobre la 'Operación Cataluña'.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía argumentó que "el hecho de que un compareciente afirme que no conocía a una determinada persona o que apenas tuvo contacto con otra carece de toda relevancia típica (penal) pues es la respuesta a una pregunta que no pretende obtener información sobre un hecho sino sobre, lo que es muy diferente, una construcción valorativa de los hechos presuntos que son objeto de investigación", y eso "no es faltar a la verdad".

A eso sumó que, a su juicio, las declaraciones que realizó Cerdán en la comisión de investigación respecto a sus relaciones personales con García y con el presunto conseguidor del 'caso Koldo', Víctor de Aldama, "no poseen trascendencia jurídica respecto al hecho fundamental de la investigación en sí misma, es decir, la forma en que se llevó a cabo la contratación pública realizada durante la pandemia de COVID-19".

"A mayor abundamiento", sostuvo que el delito "que se trata de aplicar en el presente procedimiento atenta contra el principio de intervención mínima del derecho penal, no debiendo tratarse los hechos típicos del tradicional delito de falso testimonio exactamente de la misma forma que en una comisión de investigación, máxime cuando el querellado está incurso a día de hoy en una investigación penal".

"Sólo se incurre en este delito en caso de que se den alteraciones sustanciales de la verdad, afirmaciones que incidan sobre hechos determinantes de la apertura de la investigación parlamentaria y no meras reticencias o inexactitudes, circunstancias que no concurren en el presente caso", aseveró el Ministerio Público.

En este sentido, recalcó que "el proceso penal español no puede tener como objeto la investigación de hechos sin apariencia delictiva para investigar, con carácter prospectivo, si tales hechos se podrían concretar en hipotéticas infracciones penales, sino que el proceso penal debe incoarse en virtud de la llegada al conocimiento judicial de un hecho que ya de por sí revista caracteres o apariencia de delito".

Y, para reforzar su alegato, la Fiscalía indicó que en enero de 2023 el Tribunal Supremo (TS) inadmitió a trámite, "ante la irrelevancia penal de los hechos", la querella interpuesta por diputados del Parlament contra Sánchez Camacho por un presunto delito de falso testimonio ante una comisión parlamentaria "por supuestamente haber faltado a la verdad en sus comparecencias del día 10 de abril de 2015 y 24 de julio de 2017".

Al hilo, recordó que, en la primera de sus comparecencias, Sánchez Camacho negó haber tenido encuentros con la ex novia del primogénito del clan Pujol, Jordi Pujol Ferrusola, y "haber utilizado políticamente las informaciones que le pudo facilitar ésta", mientras que "en la segunda de las comparecencias negó la existencia de la llamada 'Operación Cataluña'".

LA JUEZ QUE CREE QUE FALTÓ "SUSTANCIALMENTE" A LA VERDAD

Pese a la postura de la Fiscalía, la titular del Juzgado de Instrucción Número 24 de Madrid acordó en un auto del pasado 15 de octubre, al que también ha tenido acceso Europa Press, admitir a trámite la querella de Hazte Oír contra Cerdán por falso testimonio. La instructora está pendiente de que el Congreso acredite que ya no es diputado y, en consecuencia, carece de aforamiento ante el Supremo.

Los hechos se habrían cometido en la sesión de la comisión de investigación del 'caso Koldo' en el Senado que se celebró el 30 de abril de 2024, donde --afirma la juez-- Cerdán "habría faltado sustancialmente a la verdad, al concurrir indicios de que hay desviación clara entre la narración del compareciente y la realidad material por la que fue interrogado".

La magistrada subrayó que las "preguntas eran claras": "¿Contactó con Koldo García de 2021 a 2023?, ¿tenía conocimiento de que (éste) ejerciera funciones de intermediario o fines lucrativos en la adquisición de mascarillas?, ¿dio instrucciones a esta persona para que se beneficiaran determinadas empresas?, ¿tuvo relación empresarial directa o indirectamente a través de terceros, empresa o sociedad interpuesta con Koldo García?".

Y enfatizó que "las respuestas del querellado también fueron claras": "No, a todas las preguntas", a pesar de que un informe del Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, "revelaría lo contrario".

"Esto es, que Cerdán contactó con García de 2021 a 2023, tendría conocimiento de que habría ejercido funciones de intermediario o fines lucrativos en la adquisición de mascarillas, habría dado instrucciones a esta persona para que se beneficiaran determinadas empresas y habría tenido relación empresarial directa o indirectamente a través de terceros, empresa o sociedad interpuesta" con Koldo, precisó la instructora.

Con todo, entendió que un archivo de la querella en estos momentos "resultaría precipitado", a la vista de que esa "desviación" en el relato de Cerdán "resultaría patente y manifiesta", "faltando en su testimonio".