
El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado este martes rechazar los recursos de súplica del PP y del Senado que buscaban que la corte de garantías cumpliera con el trámite formal establecido para valorar el planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre la ley de amnistía, ya avalada por el TC.
Según ha informado el Constitucional, el Pleno ha desestimado por unanimidad las dos súplicas que impugnaban la decisión adoptada por el TC el pasado 11 de junio por la que acordó "no haber lugar en ese momento procesal a la apertura de un trámite de audiencia relativa al posible planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE".
Los magistrados han apreciado que los recursos de súplica han perdido su objeto por cuanto el tema ha quedado definitivamente resuelto con la sentencia sobre la amnistía al 'procés', aprobada el pasado 26 de junio. El fallo, además de avalar la ley, descartó acudir al TJUE al considerar que la norma versaba sobre cuestiones netamente nacionales.
Por otro lado, el Pleno también ha desestimado el recurso de súplica presentado por el PP contra la decisión del TC, adoptada el pasado 10 de junio, de no atender la petición realizada por los de Alberto Núñez Feijóo para que el presidente de la corte de garantías, Cándido Conde-Pumpido, se abstuviera de las deliberaciones sobre la ley de amnistía.
Los 'populares' aducían que se le debía aplicar la misma doctrina que sirvió para apartar al magistrado conservador José María Macías, recusado por la Fiscalía, porque tanto éste como la mujer de Conde-Pumpido formaron parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó sobre la ley de amnistía en el trámite parlamentario.
Respecto a esta segunda decisión del Pleno, ha anunciado un voto particular el magistrado Enrique Arnaldo, mientras que la magistrada Concepción Espejel emitirá un voto concurrente.
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