Vox pide cautelarísimas por bandera LGBTIQ+ de la izquierda en Grupos instalada más allá del día del Orgullo

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El portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Madrid, Javier Ortega Smith, ha pedido medidas cautelarísimas por la bandera y pancarta LGBTIQ+ de Más Madrid y PSOE en el Edificio de Grupos Municipales, en el número 71 de la calle Mayor, instaladas más allá del día del Orgullo, el pasado 28 de junio.

Vox ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo "contra la vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid, que ha colocado las banderas LGBTI en el edificio municipal", reclamando "la anulación de la actuación administrativa por culpa in vigilando del Ayuntamiento de Madrid por no ser conforme a derecho la instalación de simbología, banderas/pancartas LGTBI" en dicho edificio, recoge el documento jurídico, al que ha tenido acceso Europa Press, acompañado por varias fotografías.

También piden de forma subsidiaria medidas cautelares para la retirada inmediata de las insignias, simbología, banderas/pancartas arcoíris. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 admitió el pasado 27 de junio el recurso interpuesto por Vox.

La agrupación que lidera Ortega Smith expone que el pasado 11 de junio Mas Madrid y Socialista anunciaron a través de sus cuentas en 'X' la instalación en la fachada de la calle Mayor 71 de simbología LGTBI "conculcando la necesaria neutralidad de las administraciones públicas por la que debe velar y garantizar el Ayuntamiento de Madrid". La arcoíris coexistía desde el 11 de junio con las banderas oficiales "llegando a arriar estas últimas".

Un día después, Ortega remite un escrito al alcalde, José Luis Martínez-Almeida, pidiéndole la retirada de las banderas no oficiales o pancartas para "mantener la neutralidad política del Ayuntamiento de Madrid", solicitud que "quedó sin contestación".

El mismo día escribe al presidente del Pleno, Borja Fanjul, que responde el 16 explicando que no es posible "toda vez que la más reciente jurisprudencia sobre este asunto establece que no existe impedimento jurídico a la colocación de la bandera arcoíris en edificios públicos al no subordinarse a ella las banderas oficiales, ni constituir un símbolo partidista, ni propugnar ningún tipo de enfrentamiento. Fanjul se refería a la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de noviembre de 2024.

DEFECTOS DE FORMA

Ortega, a su vez, le contesta que esa sentencia del Supremo marca "un límite temporal y otro espacial: se refiere únicamente al día 28 de junio y a la colocación en un patio interior". Finalmente, el día 25, el presidente del Pleno le da la razón al estimar parcialmente su proposición "debiendo ser retiradas las banderas y pancartas colocadas en las plantas primera, tercera y cuarta del Edificio de Grupos pudiendo volver a ser colocadas a lo largo de todo el día 28 de junio y ser retiradas de nuevo al finalizar el día".

Ya fuera del escrito enviado al juzgado, Vox se refiere a los posibles defectos de forma en la notificación que el alcalde detecta y que llevan a Fanjul a, como recoge la petición de cautelarísimas, solicitar la emisión de un informe jurídico al secretario del Pleno en el que se examine si han podido producirse defectos en la notificación de los documentos emitidos y la apertura de un periodo de audiencia que permita la presentación de alegaciones por parte de todos los grupos, "con retroacción de las actuaciones", esto es, las banderas se quedan.

Desde Vox alegan, en virtud de otros fallos judiciales, que el hecho impugnado "se aparta de la legalidad en cuanto a que en el imaginario del ciudadano se ha transmitido de forma falaz que con la pancarta, bandera o insignia del arcoíris corresponde, en mor de una apropiación interesada, a la defensa realizada por algunos partidos políticos del que denominan colectivo LGTBI, como si otros partidos no realizaran defensa de las personas integrantes en el mismo".