
El PSOE llevará este martes al Pleno del Congreso una propuesta de reforma del Reglamento del Congreso en la que incluye un régimen sancionador para los diputados que incumplan las previsiones reglamentarias y, especialmente para los que falseen sus declaraciones de bienes, actividades o intereses económicos o no cumplan con el Código de Conducta de las Cortes, por ejemplo, eludiendo publicar sus agendas o sus interacciones con grupos de interés.
Esta es la cuarta propuesta de modificación de las normas del Congreso que impulsa el PSOE en lo que va de legislatura. La primera fue la que reguló el uso de lenguas cooficiales en la institución y desde hace un año está varada otra para reescribir el Reglamento en lenguaje incluso de género. Los grupos registraron sus enmiendas a esta propuesta en abril de 2024, pero aún no se ha convocado la ponencia para discutirla.
Y hace tres semanas, el Pleno aceptó tramitar otra reforma reglamentaria para que se pueda sancionar a periodistas acreditados que obstaculizan la labor parlamentaria y de la prensa en la Cámara y para ampliar los casos en los que sus señorías pueden solicitar el voto telemático.
La nueva reforma que plantea el PSOE, recogida por Europa Press, contempla que se pueda actuar contra los diputados o grupos parlamentarios que incumplan las obligaciones que fija el Reglamento y el Código de Conducta de las Cortes Generales y, en particular contra quienes no presenten las declaraciones de bienes, actividades intereses económicos, omitan información en las mismas o consignen datos falsos.
APERCIBIMIENTO O RETIRADA DE PLUSES
Los incumplimientos o infracciones podrán ser denunciados por un grupo parlamentario, la Mesa del Congreso o una comisión o la Secretaría General de la cámara ante la Comisión del Estatutos de los Diputados, que decidirá si abre o no procedimiento. Si opta por no abrirlo deberá informar a la Mesa del Congreso, que tendrá un mes para revocar la decisión.
Si ve motivos para investigar, tendrá que dar audiencia al denunciado, practicar las pruebas pertinentes y concluir su instrucción en el plazo máximo de cuatro meses. En función de la gravedad de los hechos, podrá proponer las sanciones que considere pertinentes, que se podrán graduar desde el apercibimiento y publicación en la web del Congreso de la infracción cometida hasta la retirada de cargos y complementos salariales.
La decisión final sobre la sanción la adoptará el Pleno del Congreso, de optarse por la más fuerte, un diputado podría quedarse solo cobrando su asignación constitucional.
REGULAR LOBBIES, PERO EXIMIENDO A PATRONALES Y SINDICATOS
La reforma, que el PSOE enmarca en el Plan de Regeneración Democrática del Gobierno, consiste en la inclusión de nuevo título en el Reglamento relativo a los grupos de interés y define como actividad de influencia "toda comunicación, directa o indirecta", con miembros o "empleados públicos" del Congreso de los Diputados o de los grupos parlamentarios, que pretenda influir en la elaboración, tramitación o aprobación de proyectos y proposiciones legislativas o de otras iniciativas parlamentarias.
Eso sí, en consonancia con la ley para regular los lobbies en general presentada por el Gobierno, no serán considerados como tales en el ámbito parlamentario los partidos políticos, las administraciones, el sector público institucional, las corporaciones de derecho público, los organismos organizaciones y autoridades públicas internacionales, ni las organizaciones sindicales y empresariales. Todas ellas podrán relacionarse con el Congreso sin estar inscritas en ningún registro.
En todo caso los diputados y grupos que mantengan cualquier tipo de interlocución con las corporaciones de derecho público, y las representaciones diplomáticas de Estados extranjeros y organizaciones internacionales, tendrán que publicitarlas y sus propuestas constatarán en los informes de huella legislativa.
Se establece una lista de principios que deben regir la labor de estos --inspirado por la OCDE-- y estos deberán inscribirse en un registro específico cuyo contenido se publicará en la página web del Congreso de los Diputados, donde también se dará publicidad al "contenido" de sus interacciones presenciales o telemáticas con los miembros del Congreso, los empleados públicos de la Cámara o el personal al servicio de los grupos parlamentarios.
"Se difundirá, en todo caso, la identidad de las personas que han entablado la comunicación, la fecha y las materias en torno a las que se ha ejercido la actividad de influencia. Los diputados y diputadas o grupos parlamentarios podrán incluir las observaciones que estimen oportunas", especifica la proposición de ley.
Además, en la tramitación de cada iniciativa legislativa se elaborará por los servicios de la Cámara un Informe de huella legislativa, que será público y en el que quedarán reflejadas las modificaciones que hayan tenido lugar a lo largo del procedimiento. Los diputados deberán comunicar las propuestas que hayan recibido de los grupos de interés y entregar los documentos relacionados con ellas. Asimismo, al registrar una iniciativa se deberá comunicar si tiene su origen en un grupo de interés.
SANCIONES PARA 'LOBBISTAS'
La reforma también prevé un régimen sancionador para los grupos de interés con castigos que van desde apercibimiento a la suspensión del registro hasta un máximo de diez años o la prohibición indefinida de inscribirse, si bien algunas estas sanciones podrán ser revisadas por la Mesa del Congreso cuando haya transcurrido un año desde su imposición.
Se podrá sancionar, por ejemplo a quienes actúen como lobby sin estar inscritos como tales, a quienes declaren que representan a un interés diferente del que efectivamente defienden, difundan información de carácter confidencial, secreto o reservado, obtengan información propia de un procedimiento legislativo mediante falsedad de cualquier clase, incurran en un conflicto de interés o se valgan de uno en el que pueda incurrir un miembro de la Cámara.
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