Más víctimas de Campanar se suman a pedir la reapertura del caso al ver "errores y omisiones groseros y rebeldes"

Familiares de víctimas del incendio en Campanar exigen reapertura de la investigación por "groseros errores" en la actuación de los bomberos y la utilización de materiales de fachada inflamables

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"Hubo errores y omisiones que deben ser considerados crasos, groseros y rebeldes a la observancia de las normas, errores y ocultaciones que, de no haberse producido, las diez víctimas mortales hoy estarían vivas". Así de contundentes se han mostrado 13 familiares de siete de los 10 fallecidos en el incendio registrado en dos bloques de viviendas en el barrio valenciano de Campanar en febrero de 2024.

Los familiares han presentado un recurso de reforma, al que ha tenido acceso Europa Press, contra la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción número 9 de València en la que archiva la causa del incendio al considerar los hechos accidentales y no delictivos. Este recurso se suma y va en la misma línea al presentado también por el padre de la adolescente que falleció en el siniestro y del que informó Europa Press.

Los familiares, representados por el letrado Ignacio Grau, apuntan en su recurso que la investigación "no ha finalizado" y aseguran que existen "importantes y necesarias" diligencias que practicar, por lo que piden la reapertura de la investigación.

Entre otros argumentos, advierten de que se desconoce, a fecha de hoy, qué es lo que se colocó en la fachada y por qué se colocó el material "más barato e inflamable"; y difieren del argumento del juez que sostiene que el hecho de que el edificio entero ardiese de manera súbita y voraz en la forma en que lo hizo, ni pudo preverse por los bomberos ni pudo ser evitado.

Al respecto, el letrado recuerda en el escrito que existen 66 incendios precedentes por fachada con gran impacto mediático cuyo listado se aportó al juzgado, todos ellos previos a Campanar, "por lo que en ningún caso se puede aducir sorpresa, caso fortuito ni desconocimiento por las autoridades y profesionales respecto de los materiales de revestimiento, la rápida propagación de incendios en fachadas ventiladas y la necesidad de situar en el abordaje del incendio siempre el salvamento de personas como primer paso y siempre previo a la extinción".

Así, entiende que la actuación de los mandos de los bomberos "no fue correcta", pues contando con formación Grenfell, y conociendo los anteriores precedentes o, al menos, debiendo presumirse su conocimiento por su profesión, y viendo cómo se desarrollaba el incendio, "no entendemos cómo no se ordenó la evacuación inmediata de todos los confinados cuando hubo una clara oportunidad para ello, como es la evidencia incontrovertida de que muchos vecinos salieron del edificio desobedeciendo las órdenes de los bomberos". Y agrega: "No es cierto que los fallecidos no hubieran podido salir del edificio por sus medios, pues así lo hicieron decenas de vecinos".

Al respecto, lamenta que durante la instrucción se ha impedido el acceso a las grabaciones al '112' para establecer un verdadero relato, conocer si estuvieron los fallecidos en todo momento localizados, qué se les dijo por parte de los bomberos y si estos tuvieron oportunidad de salvarse.

PERDIERON EL RASTRO

El letrado indica en su escrito que otra cuestión "a la que no se le ha querido conceder la debida importancia" es el hecho de que los bomberos perdieron el rastro de los confinados, pues conocían el número de puerta, aunque no cómo acceder a ellas, "y así lo reconoció judicialmente el suboficial al mando cuando indicó que cuando se abordó el rescate de personas confinadas se tuvo que partir de cero".

"El por qué se perdió esa información sobre la localización efectiva de los confinados, por qué los distintos intervinientes no la trasladaron al mando en plaza, resulta fundamental para determinar si no fueron rescatados porque no sabían dónde se encontraban o si lo fue por la coyuntura incendiaria", apostilla.

Por otro lado, subraya que los materiales de fachada fueron incendiarios, "lo que nadie puede negar a estas alturas, sin que ni el viento de poniente que nunca fue clasificado jurídicamente de extraordinario, ni la temperatura de 24º que objetivamente no se puede calificar de alta o propagadora del incendio, aunque lo fuera en el mes de febrero, ni el concreto emplazamiento físico del edificio, no fueran ya circunstancias contempladas en su momento para el diseño del edificio y de sus medidas contra incendios".

Sobre el material de la fachada, el letrado recuerda en el escrito que el juez entiende que el revestimiento incendiario que causó la rápida propagación del incendio era un producto legal al momento de solicitarse la licencia, "por lo que ya no hay caso", calificación de legalidad que, a su juicio, "llama la atención, la dan por buena por provenir de los técnicos municipales y dirección facultativa del edificio, obviando la normativa imperativa vigente en este caso hasta el mismo día del incendio como lo es la de seguridad de producto".

Por tanto, el abogado subraya que "hubo errores y omisiones que deben ser considerados crasos, groseros, y rebeldes a la observancia de las normas, errores y ocultaciones que de no haberse producido las diez víctimas mortales hoy estarían vivas".

"Afirmamos, sin riesgo de equivocarnos, que si los mandos hubieran formado a los bomberos y corregido la política de 'no moverse', y el revestimiento de fachada hubiera sido ignífugo, todos los fallecidos hubieran sobrevivido al incendio. Y si a eso sumamos el resto de imprudencias detectadas, tenemos cobertura legal suficiente para la reapertura de la instrucción", apostilla.

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