El Supremo dice que la nota de prensa por sí sola es "insuficiente" para depurar responsabilidades contra García Ortiz

El instructor del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, destaca que la nota de prensa no es suficiente para establecer responsabilidades penales sin relacionarla con la filtración del correo de la defensa de González Amador

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El magistrado del Tribunal Supremo (TS) que investiga al fiscal general, Álvaro García Ortiz, por la presunta revelación de secretos cometida contra Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha indicado que, "por sí sola", la nota de prensa por la que comenzó el caso "sería insuficiente para derivar eventuales responsabilidades penales", si no se pone en relación con la filtración del 'email' donde la defensa del empresario ofrecía un pacto a Fiscalía.

Así se pronuncia el instructor Ángel Hurtado en un auto, recogido por Europa Press, donde confirma su decisión de rechazar la diligencia solicitada por González Amador para que analizara los metadatos de ese comunicado, emitido por la Fiscalía a las 10.20 horas del 14 de marzo de 2024, para determinar cuándo se creó el archivo, quiénes fueron sus autores, si hubo modificaciones y quiénes las hicieron.

Hurtado dice que la nota de prensa, "por sí sola considerada, sería insuficiente para derivar eventuales responsabilidades penales, si no es poniéndola en relación con la filtración del correo de 2 de febrero de 2024".

"Y sobre este particular solo hay elementos, tras lo actuado, para presumir que en su elaboración exclusivamente pudieron intervenir los dos investigados", sostiene en alusión tanto a García Ortiz como a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.

Sobre esto, señala que García Ortiz "ha asumido, personalmente, ser el autor de la nota, llegando, incluso, exculpar" a Rodríguez de "la participación que, presumiblemente, pudo tener en ella".

En consecuencia, insiste en que "la diligencia es innecesaria" porque, aunque "pueda aportar en orden a identificar los presumibles autores de la nota", eso "no significa que la misma no fuera de conocimiento de otras personas, que pudo serlo, pero que sería insuficiente de cara a la imputación por su presumible participación en su elaboración".

Al hilo, recuerda que las pesquisas han revelado que la jefa de delitos económicos de la Fiscalía de Madrid, Virna Alonso, tuvo conocimiento de la misma, y ni siquiera se la ha llamado a testificar; al igual que el 'número dos' de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado (FGE), Diego Villafañe, al que imputó y luego exoneró.

Con todo, comparte el argumento de la defensa de García Ortiz, que se opuso a dicha diligencia, al estimar que su "falta de utilidad" es "palmaria" porque "los metadatos de creación de un archivo --como la fecha y hora de creación, o el identificador de 'creator' o autor-- son absolutamente intrascendentes a la hora de determinar la autoría material o intelectual de su contenido".