Almería, 29 may (EFE).- La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 24 años y seis meses de prisión a Miguel Ángel J.M. por el asesinato de su esposa, Maite Corral, en su domicilio familiar de Tíjola (Almería) en la madrugada del 27 de mayo de 2022.
El fallo, dictado por el magistrado Ignacio Angulo González de Lara, presidente del tribunal del jurado, aplica la agravante de parentesco y también impone al condenado diez años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena de cárcel.
El veredicto del jurado popular declaró probado que Miguel Ángel J.M. actuó con intención de acabar con la vida de su mujer, a la que golpeó repetidamente, especialmente en la cabeza, antes de estrangularla con las manos mientras se hallaba tumbada y relajada en la cama. El ataque se produjo tras haber pasado la tarde y la noche anterior con ella, incluso después de mantener relaciones sexuales consentidas.
El tribunal considera acreditado que el acusado aprovechó la intimidad del domicilio y la situación de indefensión de la víctima, a la que sorprendió en la cama.
El cadáver fue encontrado por el hijo menor de la pareja a las 16:15 horas del mismo día de los hechos. Según recoge la sentencia, el impacto emocional derivado de esta experiencia le ha provocado un trastorno de estrés postraumático, además de síntomas depresivos graves, afectación de la autoestima y alteraciones cognitivas.
El otro hijo de la víctima ha requerido tratamiento psicológico continuado durante más de año y medio por síntomas de depresión, ira, culpabilidad y trastorno de duelo complicado, según detalla el fallo, que también reconoce el daño sufrido por los padres y hermanos de la mujer.
Por estos motivos, el tribunal ha impuesto a Miguel Ángel J.M. una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con sus hijos durante 35 años, así como la obligación de indemnizar a los familiares de la víctima con cuantías que ascienden a más de 500.000 euros: 157.000 euros para el hijo menor, 148.000 para el hijo mayor, 71.000 euros para cada uno de los padres de la fallecida y 24.000 euros a cada uno de sus tres hermanos.
En cambio, el tribunal ha absuelto al acusado de los delitos de lesiones psíquicas respecto a sus hijos, de los que también venía siendo acusado. Tampoco ha quedado acreditado, según la resolución, que Miguel Ángel J.M. actuara movido por un sentimiento de superioridad por razón de género, ni que se entregara de forma inmediata tras cometer el crimen, ni que intentara reparar el daño causado.
La sentencia señala que en este caso la "forma sorpresiva en que se produce el ataque, el momento en que se realiza (después de mantener relaciones sexuales), la persona que lo ejecuta (su pareja), el lugar (la intimidad de su dormitorio), la hora (de madrugada) y el contexto en que se verifica (después de pasar todo el día juntos sin problemas), pone de manifiesto la concurrencia" de la alevosía en el crimen.
Recuerda además cómo la Guardia Civil insistió en que no existían "signos de lucha más que en la cama" y que los estudios genéticos no reflejan que hubiera ADN del acusado en las uñas de la victima, lo que descarta que pudiese defenderse y "pone de manifiesto que el ataque recibido fue absolutamente sorpresivo e inesperado". EFE
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