Absuelto un vendedor de hachís al demostrar su defensa que era consumidor habitual pero no camello

Guardar

El juez de lo Penal número 1 de Madrid ha absuelto a un supuesto vendedor de hachís pese al testimonio incriminatorio de dos agentes de la Policía Nacional al demostrar su defensa que, aun superando la dosis de autoconsumo, era consumidor habitual pero no camello.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se exonera al acusado, defendido por el despacho penalista Ospina Abogados, de un delito contra la salud pública que no causa grave daños a la salud al no existir prueba directa de que la droga fuera poseída para su venta o distribución.

Con 18 años, el chico fue detenido en la plaza de Montevideo de Madrid por vender hachís, pero finalmente fue absuelto al generarse duda sobre las intenciones del acusado.

La defensa solicitaba la libre absolución de su representando, acentuando los más de dos años de retraso del juicio por causas no imputables a su cliente, tiempo en el cual su patrocinado ha cambiado su forma de vida.

Por su parte, el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud, por el que pedía once meses de prisión ante el Juzgado de lo Penal número 1 de Madrid.

LA DEFENSA ALEGA QUE ERA CONSUMIDOR HABITUAL PERO NO CAMELLO

El juicio contó con el testimonio de los dos agentes de Policía Nacional que intervinieron en su detención. Los agentes acudieron ante la llamada de una joven que manifestó que el detenido era un camello habitual de la zona y que le había ofrecido hachís en varias ocasiones.

La testifical del acusado marcó la línea de su defensa, el abogado Juango Ospina, reconociendo ser un consumidor habitual en esa época, pero negando que vendiera cualquier tipo de sustancia estupefaciente.

El acusado declaró que para evitar estar comprando pequeñas cantidades decidió con su pareja adquirir ese día 30 gramos para autoconsumo, portando una báscula de precisión pequeña no para la venta, sino para pesar su propia dosis, evitando pasarse.

Si bien es cierto que la cantidad de resina de hachís intervenida, 31 gramos exceden de la dosis mínima psicoactiva fijada para esa sustancia, la defensa alegó que respondía a un autoconsumo compartido con otra persona, lo que se ratificó con las pruebas aportadas en el juicio.

Con posterioridad a la detención el detenido, que ahora tiene 21 años, ha estado en tratamiento de desintoxicación, estando en la actualidad preparando las oposiciones para acceder a la academia de policía. Tiene trabajo estable y no consume ningún tipo de droga.

"No existe una prueba directa de que la droga fuera poseída para su venta o distribución. Ninguno de los agentes de policía nacional que intervinieron observaron que el acusado realizara intercambio de droga por dinero", esgrime la sentencia.

Así, el magistrado declara la absolución dado que el testimonio de la ciudadana que le denunció fue contradictorio entre lo manifestado en el atestado y lo declarado en el plenario, tal y como acentuó la defensa.