
La magistrada del Juzgado de lo Penal 7 de Barcelona ha condenado al hombre acusado de matar de un puñetazo a un taxista en Barcelona el 2 de noviembre de 2023 a una multa de 2.520 euros por los delitos de homicidio por imprudencia menos grave y por un delito leve de lesiones al entender que con su conducta no quería causarle la muerte.
En la sentencia, que ha avanzado 'La Vanguardia' y a la que ha tenido acceso Europa Press, la titular, tras analizar los hechos probados, recoge las palabras del primer testigo que declaró en el juicio y argumenta que la causa de la muerte "fue un puñetazo con mala suerte".
La magistrada se basa en los informes forenses, en las declaraciones de los testigos y en el vídeo grabado por la cámara de otro taxi para concluir que la muerte se produjo por una "conducta imprudente", el puñetazo, pero no dolosa.
Sostiene que en las imágenes se observa "beligerancia por parte de ambos" después de que se enzarzaran en una discusión de tráfico, como explicaron los testigos, y que el golpe que le propinó el motorista lo llevó a desestabilizarse, a caer de espaldas y a ocasionarle un traumatismo craneal que, de forma inopinada y súbita, conllevó su fallecimiento.
La magistrada expresa que, en este caso concreto, la muerte "no es altamente probable, pero sí es previsible por cualquiera el riesgo de que propinar un puñetazo de esas características a una persona desprevenida", dado que el taxista se encontraba de lado, por lo que podía caerse al suelo y golpearse contra el mismo.
Pero una cosa es la probabilidad, prosigue, y "otra bien diferente la previsibilidad del resultado", que es lo exigible al título de imprudencia.
CAÍDA MORTAL
Por eso, acuerda imponerle una pena mínima al acusado al considerar que el taxista murió al golpearse contra el pavimento, pero no por el puñetazo que le propinó el motorista, pues "ni siquiera consta que causara alguna lesión externa en la cara de la víctima".
La magistrada lo absuelve del delito de homicidio por imprudencia grave y del delito de lesiones agravado por uso de instrumento peligroso --como pedía la acusación particular por los guantes que llevaba el motorista--, pero lo condena a que indemnice a los familiares con 65.464 euros.
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