Madrid, 12 may (EFE).- El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha dado más margen a los centros privados y a los que imparten más del 80 % de sus enseñanza de forma virtual para que se adapten a la nueva ley de creación y reconocimiento de universidades que el Ejecutivo pretende aprobar en junio.
Según un nuevo borrador del decreto al que ha tenido acceso EFE y que este lunes analiza el Pleno del Consejo de Universidades que preside la ministra Diana Morant, los plazos para adaptarse a los nuevos requisitos académicos, financieros y de investigación que contempla la norma se han ampliado.
En este sentido, los nuevos centros tendrán que superar los 4.500 alumnos en un plazo de seis años, en vez de cinco, desde el inicio de la actividad.
También las universidades y centros que, en la fecha de entrada en vigor del decreto, cuenten con su correspondiente autorización dispondrán de hasta tres años para adaptarse a las nuevas condiciones, mientras que aquellas universidades cuya actividad hubiera comenzado durante los tres años anteriores a la entrada en vigor dispondrán de un plazo de cinco años.
En el caso de que aún no tengan autorización dispondrán de hasta cinco años, en vez de los tres propuestos inicialmente.
No obstante, el nuevo texto mantiene la exigencia de que los expedientes en proceso que aún no han recibido el informe preceptivo de la Conferencia General de Política Universitaria (CGPU) deban recibir una evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la agencia de calidad autonómica para poder abrir el centro.
El nuevo borrador también acota el tiempo que tienen las agencias de calidad autonómicas y el Ministerio para poder emitir sus informes: en el caso de la primeras -que serían vinculantes- se establece un plazo máximo de un año y en el caso del Gobierno seis meses.
Las universidades que imparten más del 80 % de su enseñanza 'online' y que están ya activas no estarán sujetas al control de las Cortes Generales para evaluar sus titulaciones oficiales o para recibir acreditaciones institucionales, seguirán dependiendo de las agencias de calidad de la comunidad en la que tienen su sede o en caso de no tener dependerán de la ANECA.
Serán los nuevos centros virtuales los que deberán recibir el visto bueno del Parlamento.
Este tipo de universidades dispondrán de cuatro años para adaptarse a los nuevos criterios.
En su disposición adicional décima, el Gobierno, además de incidir en que las universidades deberán publicar anualmente los principales resultados que reflejen el desarrollo de la actividad docente, investigadora y de transferencia, puntualiza que deberán dedicar al menos un 5 % de su presupuesto a ello, pero "entendido como el importe neto de la cifra de negocios en el caso de las universidades privadas y como el importe del total de los ingresos en el caso de las universidades públicas".
Añade que este incumplimiento conllevará que no puedan volver a presentar nueva solicitud hasta transcurridos dos años.
También cambia el número mínimo de publicaciones promedio de los docentes, que será por cada profesor o profesora, y amplía a 7 años en vez de 5 los márgenes para acreditar proyectos de investigación.
El Ministerio también flexibiliza otros criterios como los de impulsar enseñanzas propias o puntualiza que en la memoria que se debe presentar se incorporen compromisos y no convenios para garantizar las prácticas del alumnado.
El plazo para presentar medidas correctoras es ahora de tres meses frente al mes que se proponía en un primer momento.
La nueva ley también baja al detalle en cuanto a los metros cuadrados que deben tener los laboratorios de investigación y sobre cómo deben estar dotados los despachos del profesorado para facilitar las tutorías.EFE